Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 185 de 21/09/2009

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Anuncio de 9 de enero de 2009, del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Sevilla, de creación de ficheros de carácter personal de titularidad pública. (PP. 111/2009).

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ACUERDO DE CREACIÓN DE FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DE TITULARIDAD PÚBLICA DEL ILUSTRE COLEGIO DE GESTORES ADMINISTRATIVOS DE SEVILLA

El Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Sevilla es una Corporación de Derecho Público con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines conforme a lo establecido en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales y en su Estatuto Orgánico de la Profesión de Gestor Administrativo, aprobado por Decreto 424/1963, de 1 de marzo.

Como Corporación de Derecho Público le corresponde el ejercicio de todas aquellas funciones de interés público que directamente y en relación con la profesión le sean encomendadas por la legislación o bien le sean delegadas por la Administración, entre las que figuran la ordenación de la actividad profesional, velando por la ética y dignidad profesional, así como el ejercicio de la facultad disciplinaria en el orden profesional y colegial y la adopción de todas aquellas medidas conducentes a evitar el intrusismo profesional.

Para el desarrollo de estas funciones precisa la creación de ficheros en los que constan datos de carácter personal y también precisa realizar tratamientos de dichos datos.

El artículo 53, apartado 4, del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, de conformidad con el 20 de esta Ley Orgánica, establece que la creación modificación o supresión de los ficheros de los que sean responsables las corporaciones de derecho público y que se encuentren relacionados con el ejercicio por aquéllas de potestades de derecho público deberá efectuarse a través de acuerdo de sus órganos de gobierno, en los términos que establezcan sus Estatutos, debiendo ser igualmente objeto de publicación en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.

En virtud de lo expuesto, en sesión celebrada el día 19 de abril de 2008, la Junta General Extraordinaria de Colegiados del Colegio de Gestores Administrativos de Sevilla acuerda por unanimidad la aprobación de la disposición de creación de ficheros de titularidad pública de carácter personal de la Corporación.

La disposición se aprueba en los siguientes términos:

Artículo 1. Creación de ficheros. Se crea el fichero de carácter personal de titularidad pública de responsabilidad del Colegio de Gestores Administrativos de Sevilla que se relaciona en el Anexo de la presente disposición adecuándose a los términos y condiciones previstos en el artículo 20, apartado 2, de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en el artículo 54, apartado 1, del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Artículo 2. Finalidad y funciones de los ficheros. El Colegio de Gestores de Sevilla, como responsable del fichero y tratamiento, y a través de la Junta de Gobierno, adoptará las medidas necesarias para garantizar que los datos de carácter personal existentes en el mismo se usen para las finalidades y funciones de derecho público que tiene encomendadas y reconocidas en la Ley de Colegios Profesionales 2/1974, de 13 de febrero, y demás normativa de carácter general o sectorial que afecte a la profesión, concretando el tratamiento de los datos de carácter personal a las finalidades y usos expresados para cada fichero declarado.

Artículo 3. Medidas de seguridad. Los ficheros creados mediante la presente disposición cumplirán con las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, conforme al nivel de seguridad asignado al fichero.

Artículo 4. Delegaciones a la Junta de Gobierno. La Junta General de Colegiados acuerda delegar en la Junta de Gobierno del Colegio de Gestores Administrativos de Sevilla la creación de aquellos nuevos ficheros de datos de carácter personal de titularidad pública que, en su caso, resulten necesarios para el ejercicio de las finalidades y funciones públicas propias de la Corporación, de acuerdo con Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales y el Estatuto Orgánico de la Profesión de Gestor Administrativo, aprobado por Decreto 424/1963, de 1 de marzo, delegando así mismo la modificación o supresión de todos los ficheros de titularidad pública de responsabilidad del Colegio de Gestores Administrativos de Sevilla, para lo cual podrá dictar el acuerdo que contenga la disposición preceptiva a tal efecto.

Artículo 5. Publicación. El presente acuerdo será publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 20, apartado 1, de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en el artículo 52, apartado 1, del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Disposición adicional primera. Los ficheros de datos de carácter personal de titularidad pública creados en la presente disposición se notificarán por la Junta de Gobierno del Colegio de Gestores Administrativos a la Agencia Española de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de esta disposición en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, tal como establece el artículo 39, apartado 2, letra a), de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y el artículo 55, apartado 1, del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Disposición adicional segunda. La notificación al Registro General de Protección de Datos de la Agencia Española de Protección de Datos de los ficheros de carácter personal de titularidad pública creados en la presente disposición se realizará mediante el traslado del modelo normalizado a tal efecto elaborado por la Agencia de Protección de Datos, tal como determina el artículo 59, apartado 1, del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, acompañándose una copia del presente acuerdo de creación de los ficheros de titularidad pública tal como determina el artículo 131 del mencionado Real Decreto 1720/2007.

Disposición final. La presente disposición entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

ANEXO I

FICHERO: «COLEGIADOS, ACREDITADOS E INSCRITOS Y CONTROL DEL EJERCICIO PROFESIONAL»

1. Descripción: Registro de colegiados, acreditados e inscritos, y conjunto de información y documentación generada en relación al control de la actividad de los profesionales respecto del ejercicio de las potestades de derecho público ejercidas como Corporación de derecho público.

2. Usos y finalidades:

- Registro de colegiados inscritos.

- Registro de colegiados acreditados.

- Control de títulos, de ejercicio profesional y especialización.

- Acreditación de la habilitación profesional de los colegiados.

- Control de incompatibilidades profesionales.

- Registro de cargos corporativos.

- Emisión de certificaciones y acreditaciones relacionadas con el ejercicio de potestades jurídico-públicas.

- Envío de comunicaciones vinculadas con el ejercicio de potestades de derecho público.

- El ejercicio de cualquier otra potestad estatutaria de derecho público que competa al Colegio Profesional.

3. Responsable del fichero: Colegio de Gestores Administrativos de Sevilla

4. Colectivo afectado: Gestores administrativos colegiados inscritos en el Colegio de Gestores Administrativos de Sevilla y los acreditados ante el mismo.

5. Procedimiento de recogida de datos: Fichas de adscripción, declaraciones, documentales o telemáticas.

6. Estructura básica y tipos de datos:

Datos identificativos:

- Nombre y apellidos o razón social.

- DNI/NIF o CIF.

- Dirección profesional o domicilio social.

- Datos de los miembros de la sociedad profesional.

- Teléfonos y fax.

- Email y dirección web.

Datos de características personales:

- Fecha y lugar de nacimiento.

- Nacionalidad.

- Sexo.

Datos académicos y profesionales:

- Titulación académica.

- Fecha de alta y baja en el Colegio.

- Número de colegiado.

- Comunicaciones de ejercicio profesional en distinto ámbito territorial al del colegio de adscripción.

- Colegio o colegios de adscripción de procedencia, fecha y causa de alta y baja.

- Circunstancias que afecten a la habilitación profesional, e incompatibilidades.

- Ámbito territorial de actuación en el ejercicio de la profesión.

- Modalidades de ejercicio profesional y especializaciones.

- Cargos corporativos.

- Incidencias

7. Cesión o comunicación de datos:

- Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos y Consejo Andaluz de Colegios de Gestores Administrativos y Colegios de Gestores Administrativos (en caso de cambio de demarcación y/o ejercicio ocasional en territorio diferente al de su colegiación).

- Órganos jurisdiccionales, a petición de los mismos.

- Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, Local e Instituciones u Organismos de carácter público competentes, a requerimiento de los mismos, para el ejercicio de competencias similares o cuando así lo establezca una ley.

- Entidad Póliza seguro de responsabilidad civil.

8. Transferencia internacional de datos: No se prevén.

9. Unidad o Servicio ante la que se puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición: Secretaria del Colegio de Gestores de Sevilla, en la sede oficial en Sevilla sita en la calle Miguel Mañara, núm. 9, 1.º

10. Medidas de Seguridad: las establecidas para el nivel básico conforme a las previsiones del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Sevilla, 9 de enero de 2009.- El Presidente, Miguel Ángel Peón Riancho.

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