Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 192 de 30/09/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 17 de agosto de 2009, de la Dirección General de Inspección y Evaluación de Servicios, por la que se hacen públicos los listados definitivos de las personas beneficiarias y excluidas de los anticipos reintegrables para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, ejercicio de 2009.

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Vistas las reclamaciones y demás documentación aportada por las personas interesadas, en relación a los listados provisionales de solicitantes admitidos y excluidos de la concesión de anticipos reintegrables para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, en el presente ejercicio económico, que fueron publicados mediante Resolución de esta Dirección General, de 27 de marzo de 2009, insertada en el BOJA núm. 68, de 8 de abril, y una vez finalizada la fase de fiscalización de los mismos, procede publicar el listado definitivo de personas admitidas y excluidas.

La competencia para ello se encuentra establecida en la disposición final primera de la Orden de la Consejería de Gobernación, de 14 de diciembre de 1992 (BOJA del día 24), mediante la que se fija la competencia para conocer y resolver en este asunto a favor de la Secretaría General para la Administración Pública, la cual delegó esa competencia en la Dirección General de la Función Pública, mediante Resolución de 10 de diciembre de 1996 (BOJA del día 28), actualmente asumida por esta Dirección General de Inspección y Evaluación de Servicios, según lo dispuesto en el Decreto 167/2009, de 19 de mayo (BOJA núm. 95, de 20 de mayo), que establece la estructura orgánica de esta Consejería.

En base a todo lo anterior y a las demás normas de general aplicación,

DISPONGO

Publicar el listado definitivo del personal de esta Administración, beneficiario de los anticipos reintegrables del ejercicio 2009, así como del excluido, con indicación de las causas de exclusión, que a tales efectos, quedará expuesto en esta Consejería y en las Delegaciones Provinciales de Justicia y Administración Pública, y cuya consulta podrá realizarse, a su vez, a través de la web del empleado público: http://www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica/empleadopublico, seleccionando Trámites Laborales, Ayudas de Acción Social, y cuya información podrá obtenerse mediante la consulta a través del DNI, así como mediante los listados que se publican en el apartado de ayudas sometidas a convocatoria, accediendo a la modalidad de Anticipos.

Contra lo establecido en la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer los siguientes recursos:

El personal funcionario y no laboral podrá interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, o ante el Juzgado en cuya circunscripción tuviera la persona demandante su domicilio, a elección de esta última, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

El personal laboral podrá interponer reclamación previa a la vía judicial laboral, conforme a lo dispuesto en los artículos 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 69 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.

Sevilla, 17 de agosto de 2009.- La Directora General, Beatriz Sainz-Pardo Prieto-Castro.

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