Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 192 de 30/09/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Resolución de 14 de septiembre de 2009, de la Delegación Provincial de Almería, por la que se acuerda la distribución de transferencias del Fondo Autonómico de Inmigración a los Ayuntamientos de la provincia.

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La Orden de 24 de julio de 2009, por la que se regula la distribución de transferencias del fondo autonómico de inmigración a los ayuntamientos andaluces, publicada en BOJA núm. 155, de 11 de agosto de 2009, establece en su artículo 4 los indicadores y la fórmula de reparto para la distribución de los créditos consignados en el Presupuesto de la Junta de Andalucía destinados a dicha finalidad.

Con base en los criterios de valoración señalados en el referido artículo y respetando lo establecido en el artículo 5, la citada Orden distribuye los créditos entre los Ayuntamientos andaluces con mayor presencia de personas inmigrantes.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la mencionada Orden, corresponde a la Delegación Provincial de Empleo realizar las transferencias, para lo que se ha habilitado la correspondiente dotación presupuestaria.

En virtud de cuanto antecede,

RESUELVO

Primero. Distribuir la cantidad de 247.645,39 euros, correspondientes a las transferencias del Fondo Autonómico de Inmigración en los Ayuntamientos de la provincia de Almería, atribuyendo a los municipios que corresponde por aplicación de los criterios establecidos en el artículo 4 de la Orden de 24 de julio de 2009, las cantidades que se indican en el Anexo.

Segundo. Aprobar, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.12.00.02.04.460.07.31J.2 el gasto correspondiente a las transferencias resultantes, que se harán efectivas en un solo pago para cada Ayuntamiento, de conformidad con el calendario autorizado por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Economía y Hacienda.

Tercero. Declarar estos gastos con carácter «en firme». En el plazo de tres meses a partir de haberse hecho efectivas las transferencias, los municipios receptores remitirán a la Delegación de Empleo de la Junta de Andalucía en Almería y a la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias, certificación en la que se acredite el ingreso de las transferencias y los números de los asientos contables practicados.

Cuarto. La ejecución del Fondo Autonómico de Inmigración se operará por medio de actuaciones que, siendo autónomamente determinadas por cada municipio perceptor a través de un Plan de Acción, se enmarque dentro de las líneas de actuación que el II Plan Integral contempla para las Corporaciones Locales y el Protocolo de Colaboración entre la Consejería de Empleo y la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP). Los municipios receptores facilitarán la oportuna información de seguimiento y evaluación al respecto.

Quinto. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en las formas y plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Almería, 14 de septiembre de 2009.- La Delegada, Francisca Pérez Laborda.

A N E X O
MUNICIPIO IMPORTE
ADRA 9.000,43
ALBOX 11.947,51
ALMERÍA 29.353,64
ANTAS 5.812,78
BERJA 7.237,84
CUEVAS DEL ALMANZORA 9.019,18
GARRUCHA 7.837,87
HUÉRCAL-OVERA 11.624,17
MACAEL 12.852,01
MOJÁCAR 5.850,28
NÍJAR 13.835,07
OLULA DEL RÍO 9.126,08
PULPÍ 8.625,41
ROQUETAS DE MAR 16.794,89
TURRE 5.681,52
VÉLEZ-RUBIO 6.581,56
VERA 11.275,65
VÍCAR 28.257,20
EJIDO (EL) 14.904,80
MOJONERA (LA) 22.027,50
TOTAL 247.645,39
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