Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 202 de 15/10/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Resolución de 23 de septiembre de 2009, de la Delegación del Gobierno de Córdoba, Comisión Provincial de Valoraciones, por la que se emplaza a terceros interesados en el recurso número 623/2009, ante la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA con sede en Sevilla.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Que por Cédula de Notificación y Requerimiento de la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía se da traslado de la Resolución adoptada, con fecha 1 de septiembre de 2009, en los Autos del Procedimiento de Expropiación Forzosa núm. 623/2009 (Neg. M3), en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, contra el Acuerdo adoptado con fecha 17 de diciembre de 2008 por la Comisión Provincial de Valoraciones de Córdoba, que fija el justiprecio de los bienes expropiados en un millón quinientos ochenta y dos mil noventa y seis euros con ochenta y nueve céntimos de euro (1.582.096,89 euros), en el expediente 2007/007, relativo a un procedimiento de expropiación forzosa en terrenos propiedad de doña Casilda Ghisla Guerrero-Burgos Fernández de Córdoba [dos parcelas expropiadas, de 338.120 m² (SNU EP SG EL-PAT) y 131.237 m² (SNU EP SG EL-1), respectivamente], que forman parte de la finca «El Patriarca», inscrita en el Registro de la Propiedad núm. Dos de Córdoba, en el Libro 1076, Tomo 1811, Folios 127 y 128, con el núm. 57.073, inscripciones 1.ª y 2.ª, sita en el término municipal de Córdoba, y en el que la Administración expropiante es el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba a través de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

Segundo. Que la citada notificación judicial tuvo entrada en el Registro General de la Delegación del Gobierno de Córdoba, sede de esta C.P.V., con fecha 21 de septiembre de 2009.

Tercero. Que mediante la referida resolución judicial se requiere a esta Comisión Provincial de Valoraciones la remisión del expediente administrativo al órgano jurisdiccional y a que practique los emplazamientos previstos en la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El art. 48.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que el expediente deberá ser remitido al órgano jurisdiccional, en el plazo de veinte días, contados a partir de que la comunicación judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido.

Segundo. Conforme establece el art. 49 LJCA la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. Hechas las notificaciones, se remitirá el expediente al Juzgado, incorporando la justificación del emplazamiento efectuado.

En virtud de cuanto antecede, esta Presidencia, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 85/2004, de 2 de marzo (BOJA núm. 52, del 16 de marzo de2004),

RESUELVE

Primero. Anunciar la interposición de recurso contencioso-administrativo formulado por el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, contra el Acuerdo adoptado con fecha 17 de diciembre de 2008 por la Comisión Provincial de Valoraciones de Córdoba, que fija el justiprecio de los bienes expropiados en un millón quinientos ochenta y dos mil noventa y seis euros con ochenta y nueve céntimos de euro (1.582.096,89 euros), en el expediente 2007/007, relativo a un procedimiento de expropiación forzosa en terrenos propiedad de doña Casilda Ghisla Guerrero-Burgos Fernández de Córdoba [dos parcelas expropiadas, de 338.120 m² (SNU EP SG EL-PAT) y 131.237 m² (SNU EP SG EL-1), respectivamente, que forman parte de la finca «El Patriarca», inscrita en el Registro de la Propiedad núm. Dos de Córdoba, en el Libro 1076, Tomo 1811, Folios 127 y 128, con el núm. 57.073, inscripciones 1.ª y 2.ª, sita en el término municipal de Córdoba], y en el que la Administración expropiante es el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba a través de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

Segundo. Remitir a doña Casilda Ghisla Guerrero-Burgos Fernández de Córdoba, interesada en el procedimiento, fotocopia del escrito de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía sede en Sevilla, sobre interposición del citado recurso contencioso-administrativo. Asimismo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 49 de la LJCA, se emplaza a doña Casilda Ghisla Guerrero-Burgos Fernández de Córdoba y aquellas personas, terceros interesados, a cuyo favor se hubieren derivado o derivasen derechos del Acuerdo impugnado, para que en el plazo de nueve días puedan personarse como demandados en dicho procedimiento. La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Disponer, a tenor de lo preceptuado en el art. 49.2 en relación con los números 3 y 4 del art. 48 de la citada LJCA, el posterior envío del expediente administrativo al órgano jurisdiccional que lo ha requerido, debiéndose remitir fotocopia autenticada del expediente, foliado y acompañado de un índice de los documentos que contenga, en el plazo legalmente señalado.

Córdoba, 23 de septiembre de 2009.- El Presidente de la Comisión Provincial de Valoraciones, Manuel Roldán Guzmán.

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