Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 206 de 21/10/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Resolución de 1 de octubre de 2009, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se prorroga la beca de formación concedida en el área de Políticas Migratorias.

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ANTECEDENTES DE HECHO

1.º Por Resolución de 5 de mayo de 2008, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Gobernación, se convocaron doce becas de formación en el área de Políticas Migratorias, al amparo de la Orden de la Consejería de Gobernación de 27 de septiembre de 2001.

2.º Con fecha 1 de octubre de 2008 y al amparo de la normativa precedente, se dictó resolución del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz adjudicando una beca de Formación en el área de Políticas Migratorias, a don Adil Sanhaji, con NIE X9375553-V, por una duración de doce meses a contar desde el 1 de octubre de 2008 a 30 de septiembre de 2009.

3.º Demostrada la eficacia y la cualificación profesional del becario, esta Delegación, acogiéndose a los arts. 7.1 y 6.2 de la citada Orden, propone la prórroga por otros doce meses y el incremento de su cuantía con arreglo al índice de precios al Consumo según la tasa de variación interanual del Instituto Nacional de Estadística fijado en el 0%.

4.º La persona titular de la beca cumple la limitación establecida en el apartado 3 del art. 7 de la mencionada Orden, no excediéndose de los 36 meses, como tiempo máximo.

5.º El becario ha presentado una memoria de actividades realizadas, durante su período de formación y escrito de aceptación de la prórroga. El director del trabajo emite informe favorable para la continuidad de la beca.

6.º Existe dotación presupuestaria para el abono de la mencionada prórroga.

VALORACIÓN JURÍDICA

1.º La competencia para dictar esta Resolución viene atribuida al Delegado de Empleo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Orden de 27 de septiembre de 2001 y en el artículo 2 de la Resolución de la Secretaría General Técnica de 5 de mayo de 2008, en relación con la reasignación de competencias establecida por el Decreto del Presidente 3/2009, de 23 de abril, sobre reestructuración de Consejerías.

En virtud de cuanto antecede

RESUELVO

1.º Prorrogar la beca de formación en materia de políticas migratorias a favor de don Adil Sanhaji, por un período de doce meses como máximo, con las limitaciones y obligaciones establecidas en los arts. 6 y 7 de la Orden de 27 de septiembre de 2001.

2.º De acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2 de la citada Orden la dotación de la beca se fija en una cuantía bruta mensual de 1.250 euros, que se abonará durante todo el período de prórroga por mensualidades vencidas así como un seguro combinado de accidente individual, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica por cuantía anual de 318,85 euros, que será abonado en un solo pago con justificación diferida en el plazo de un mes, con cargo a la aplicación presupuestaria 01.12.00.02.11.482.00.31J.

3.º El adjudicatario de dicha beca continuará su Plan de Formación en este Centro Directivo, comenzando la prórroga a partir del día 1 de octubre de 2009.

4.º El becario deberá cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 105 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en particular las condiciones y obligaciones contempladas en los artículos 12, 13 y 14 de la Orden de 27 de septiembre de 2001.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo o potestativamente recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Sevilla, 1 de octubre de 2009.- El Delegado, Juan Bouza Mera.

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