Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 208 de 23/10/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Resolución de 15 de septiembre de 2009, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se concede la autorización administrativa, se aprueba el proyecto de ejecución y se declara en concreto la utilidad pública de la Línea Aérea de Media Tensión que se cita. (PP. 2809/2009).

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Expte. 11.536/AT.

Visto el expediente referenciado y examinados los documentos obrantes en el mismo se constatan los siguientes

ANTECEdeNTES DE HECHO

Primero. Con fecha 5 de diciembre de 2008 la empresa Endesa Distribución Eléctrica S.L., solicitó la autorización administrativa, la aprobación del proyecto de ejecución y la declaración en concreto de la utilidad pública de la instalación de referencia acompañando relación de interesados, bienes y derechos afectados.

Segundo. A los efectos previstos en la Ley 54/1997 de 27 de noviembre del Sector Eléctrico y el Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se sometió la autorización administrativa del expediente de la Línea Aérea de Media Tensión 20 kV D/C Subestación Loja-Riofrío a Túnel Quejigares en el Término Municipal de Loja (Granada), con número de expediente 11.536/AT, a Información Pública mediante la inserción del anuncio de esta Delegación de fecha de 15 de diciembre de 2008, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de 9 de enero de 2009 (BOP núm. 4 del año 2009).

Tercero. Por la Ley 54/1997 de 27 de noviembre del Sector Eléctrico y el Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, y en base a la Legislación de Expropiación Forzosa mediante Anuncio de esta Delegación Provincial de fecha 26 de enero de 2009 se realiza la Información Pública de declaración en concreto la utilidad pública, insertándose en el BOE núm. 54, de 4.3.09, en el BOJA núm. 43, de 4.3.09, en el BOP núm. 27, de 11.2.09, y en el Diario Ideal de Granada de 11.2.09, y exponiéndose en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Loja.

Asimismo, se remitieron separatas y se recabó informe a los siguientes Organismos afectados: Ayuntamiento de Loja, Consejería de Medio Ambiente, Consejería de Obras Públicas y Transportes, Agencia Andaluza del Agua y Ministerio de Fomento.

Los Organismos y Entidades citadas han contestado dando su conformidad a las instalaciones y a la declaración de utilidad pública, emitiendo al mismo tiempo los condicionados oportunos que fueron aceptados por la empresa peticionaria.

Asimismo consta en el expediente la Resolución por la que se otorga la Autorización Ambiental Unificada (AAU) de fecha 9 de septiembre de 2009, emitida por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Granada.

Cuarto. Durante los períodos de información pública se presentaron alegaciones por parte de los siguientes interesados:

Don Juan Manuel Luque Zafra, propietario de la finca núm. 3 según proyecto, don Juan Soriano Sánchez, en nombre de Piscifactorías Andaluzas, S.A., propietaria de la finca núm. 6 según proyecto, don Luis Escobar Ramiro, dueño de la parcela núm. 9, don Juan Ramírez Megías-Quintana, propietario de las fincas núm. 14 y 16 según proyecto, doña María del Coral Gil Mantecón, dueña de la parcela núm. 15, doña Julia Espejo Zafra, propietaria de la finca núm. 43 según proyecto, don Antonio López Gálvez, dueño de la parcela núm. 45, Hermanas Gómez García propietarias de la finca núm. 49, don Rafael Corpas Siles y doña Aurora Flores Alba, propietarios de las fincas núm. 51 y 53 según proyecto, doña Raquel Cobos Santana, dueña de la parcela núm. 56, doña Piedad Rosúa Matas, propietaria de las fincas núm. 65, 66 y 76 según proyecto, don Diego Pozas García, en nombre de Piscifactorías de Sierra Nevada, S.L., propietario de las fincas núm. 68 y 70, don Rafael Castillo Valverde y don Juan Guerrero Ramírez, dueños de las fincas núm. 92 y 93, don Alfonso Llamas Lunas propietario de la finca 96.

Las alegaciones anteriormente referenciadas están basadas fundamentalmente en:

1. La existencia de errores en la identificación de los titulares afectados así como en las afecciones individuales, y disconformidad con las compensaciones económicas ofrecidas por parte de la beneficiaria.

2. La disconformidad con el trazado propuesto, no quedando suficientemente justificado la idoneidad del trazado, ante posibles trayectos alternativos, siendo el proyecto de línea desproporcionado, así como la posibilidad de cambios en los apoyos de la línea.

3. La posibilidad de aprovechamiento de otras líneas existentes en la zona.

4. La reducción de valor de la finca como consecuencia de la imposición de la servidumbre.

5. Que se vulnera el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

6. Que la línea objeto del proyecto es una instalación de conexión de consumidores.

7. Que su construcción impide la práctica deportiva del vuelo con motor en la parcela 382 del polígono 24 del Término Municipal de Loja.

8. La solicitud de puntos de engache en la línea proyectada, tanto para dotar suministro a las parcelas como para evacuar la energía que en un futuro podría producir mediante la instalación de plantas de energía solar.

9. La existencia de solicitud de licencia de obra para la construcción de nave agrícola y pozo de agua en la parcela 186 del polígono 24 de Loja.

10. Los posibles efectos nocivos para la salud generados por las líneas eléctricas de alta tensión.

11. El proyecto impide el aprovechamiento piscícola de las parcelas por parte de las Entidades «Piscifactorías de Sierra Nevada S.L.», y «Piscifactorías Andaluzas S.A.».

Consta en el expediente que las alegaciones fueron contestadas por la entidad solicitante Endesa Distribución Eléctrica S.L.U.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Delegación Provincial de Granada de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa es competente para la concesión de la autorización administrativa y la aprobación del proyecto por Resolución de 23 de febrero de 2005 (BOJA núm. 59, de 28 de marzo del 2005) de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de esta Consejería y efectuar la declaración en concreto de la utilidad pública de la instalación proyectada, según lo dispuesto en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, el artículo 117 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto 168/2009, de 19 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, y el artículo 5.5 de la Orden de 21 de mayo de 2009, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Segundo. El procedimiento para la declaración en concreto de la utilidad pública de las instalaciones eléctricas está regulada en el Capítulo V de Título VII del Real Decreto 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la Ley 54/1997, la declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa

RESUELVE

Primero. A la vista del expediente incoado en esta Delegación Provincial, cuya descripción se reseña a continuación, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, esta Delegación Provincial de Granada, en virtud de las competencias delegadas en materia de instalaciones eléctricas por Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuación se reseña:

Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U.

Características:

- Origen: Subestación Loja.

- Final: Centro de Seccionamiento.

- Longitud: 9.727 metros.

- Términos municipales afectados: Loja.

- Tipo: Aérea D/C.

- Tensión de servicio: 20 kV.

- Conductor: LA-110.

- Aisladores: Vidrio templado.

- Apoyos: Metálicos galvanizados.

- Presupuesto: 157.687,88.

Esta aprobación se concede de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sobre Autorización de Instalaciones Eléctricas, Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, Reglamento Técnico de Líneas Aéreas de Alta Tensión, Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación.

El plazo de puesta en marcha será de 18 meses contados a partir de esta Resolución, para la cual será necesario la presentación de certificación final de obra suscrito por técnico competente y visado por colegio oficial.

Segundo. Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación citada, que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de los derechos e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 54 de la Ley del Sector Eléctrico y del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Tercero. Respecto a las alegaciones presentadas a la información pública, por esta Resolución se rectifican los errores alegados en la identificación de los titulares afectados así como los existentes en las afecciones individuales. En cuanto a las indemnizaciones por la constitución de servidumbre se determinarán posteriormente en la pieza separada de justiprecio.

En referencia a las demás alegaciones son rechazadas con la siguiente argumentación:

- Sobre la segunda alegación de los recurrentes señalar que no consta que hayan presentado estudio técnico firmado por técnico competente y visado por colegio oficial de modificación del trazado de la línea eléctrica objeto de recurso que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 161.2 del Real Decreto 1955/2000, ni se acredita la conformidad previa de los propietarios afectados por una posible variación del trazado de línea, exigida por el artículo 153 del Real Decreto citado anteriormente.

- En cuando a la posibilidad de aprovechamiento de otras líneas eléctricas en la zona para evitar el trazado de una línea nueva, la empresa peticionaria informa sobre la idoneidad técnica de la solución adoptada por lo que no puede tomarse en consideración lo indicado por los litigantes en cuando al aprovechamiento de líneas existentes. En todo caso las variantes al trazado serán examinadas y autorizadas a efectos medioambientales en la Autorización Ambiental Unificada no pudiendo autorizar este Organismo un trazado diferente al que sea autorizado por la Consejería de Medio Ambiente sin informe favorable de la Delegación de Medio Ambiente.

- En lo referente al incumplimiento del artículo 125 del Real Decreto 1955/2000 se informa que la realización de dos informaciones públicas no produce indefensión a los reclamantes, al contrario, les favorece ya que disponen de dos plazos de alegaciones y por lo tanto una mayor oportunidad de defensa de sus intereses. En modo alguno esta doble información pública anularía el expediente ya que no se da ninguno de las causas de nulidad o anulabilidad dadas en los artículos 62 y 63 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- En lo referente al incumplimiento del artículo 157 del R.D. 1955/2000 se informa que este artículo no le es de aplicación a este caso pues se refiere a servidumbres ya impuestas en las fincas por otros Organismos (por carreteras, canales, vías de ferrocarril, etc..), y sobre el incumplimiento del artículo 67 del Real Decreto 1955/2000, se informa que esta línea no tiene consideración de línea directa sino que forma parte de la red de distribución al estar conectada a la red de distribución y estar promovida por una empresa distribuidora por lo que goza del carácter de utilidad pública otorgada por el artículo 52 de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico.

- En cuanto a la existencia en la parcela núm. 15 del proyecto de pista de aterrizaje para la práctica deportiva de vuelo con motor no acredita el alegante de manera fehaciente la servidumbre aérea legal de dicha pista de aterrizaje.

- Por lo que respecta a las parcelas 43, 51 y 53 del proyecto y referente a la posible construcción de una planta de energía solar en esa parcela se informa que el artículo 161 del R.D. 1955/2000, establece la imposibilidad de imponer servidumbre de paso sobre construcciones que existan al tiempo de iniciarse el expediente. Dado que según el alegante este huerto solar no está construido sino que simplemente está prevista su construcción, no se dan las circunstancias indicadas en este artículo.

- Por lo que respecta a la parcela 45 del proyecto y referente a proyecto de construcción de una nave agrícola y un pozo de agua se informa que el artículo 161 del R.D. 1955/2000 establece la imposibilidad de imponer servidumbre de paso sobre construcciones que existan al tiempo de iniciarse el expediente sancionador. Dado que según el alegante esta nave no está aún construida sino que simplemente está prevista su construcción, no se dan las circunstancias indicadas en este artículo.

- Por lo que respecta a la parcela 45 del proyecto y referente a proyecto de construcción de una nave agrícola y un pozo de agua se informa que el artículo 161 del R.D. 1955/2000 establece la imposibilidad de imponer servidumbre de paso sobre construcciones que existan al tiempo de iniciarse el expediente sancionador. Dado que según el alegante esta nave no está aún construida sino que simplemente está prevista su construcción, no se dan las circunstancias indicadas en este artículo.

- Sobre las alegaciones de carácter ambiental y de perjuicios para la salud por parte de los recurrentes se le informa que estas cuestiones no han sido probadas, y serán dirimidas por el Organismo competente en materia medioambiental.

- Sobre las alegaciones de referentes al paso de línea eléctrica por encima de las piscinas de cultivo de la piscifactoría se informa que según establece el artículo 161 no se podrán imponer servidumbres de paso para las líneas de alta tensión sobre corrales, jardines y huertos cenados anejos a viviendas que ya existan siempre que la extensión de estos jardines y huertos sea inferior a media hectárea. Las piscinas pertenecientes a la piscifactoría ni están anejos a viviendas y su extensión 39 ha es superior a media hectárea, por lo que no se cumplen las condiciones del artículo 161 que impidan la imposición de servidumbre sobre estas piscinas. En todo caso en este cruzamiento se deberán cumplir las distancias técnicamente reglamentarias que eliminen el riesgo eléctrico alegado.

Cuarto. Acordar la iniciación del procedimiento de expropiación que regula el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y su Reglamento de desarrollo, respecto a los bienes y derechos afectados por el proyecto antes citado y que se describen en la relación de afectados que se une como Anexo a la presente Resolución.

Esta Resolución se notificará a cada interesado, publicándose además en el BOE, BOJA y BOP de Granada, en el diario La Opinión de Granada, así como en el tablón oficial del Ayuntamiento de Loja de todo ello de conformidad con lo establecido en el citado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, señalando que las citadas publicaciones se realizan igualmente a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para el caso de domicilios ignorados o de notificaciones que no se hubiesen podido practicar.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente recurso de reposición ante la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Granada, 15 de septiembre de 2009.- El Delegado, P.S.R. (Decreto 21/85), la Secretaria General, Ángela Moreno Vida.

RELACIÓN DE PROPIETARIOS CON BIENES Y DERECHOS AFECTADOS DE LA LINEA AÉRA A 20 KV
Núm. PARCELA SEGÚN PROYECTO PROPIETARIO Y DIRECCIÓN DATOS DE LA FINCA AFECCIÓN CULTIVO
VUELO (m) APOYOS OCUP
TÉRMINO MUNICIPAL PARAJE Núm. PARCELA SEGÚN CATAS-TRO POLIGIGONO Núm. LONGITUD SUPERFICIE (m Núm. SUPERFICIE (m TEMP (m
1 ENDESA DISTRIBUCIÓN ELECTRICA SLU LOJA LA NORIA 496 24 31,41 IMPRODUCTIVO (SUBESTACION)
3 HROS. DE MANUEL LUQUE LEON
C/ JARDÍN DE NARVAÉZ S/N
18300-LOJA-GRANADA
LOJA LA NORIA 495 24 81,00 263,39 1
(1)
4 100 FRUTALES REGADÍO
4 MIGUEL ANGEL LUQUE ZAFRA
AVD. RAFAEL PEREZ DEL ALAMO, 71 4ºB
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA LA NORIA 840 24 38,20 212,91 1
(2)
4 50 LABOR REGADÍO
6 PISCIFACTORIAS ANDALUZAS, SA
AV CONSTITUCIÓN, 29 9ºB
18012-GRANADA
LOJA LOS POLVILLARES 442 24 58,68 461,98 50 LABOR REGADÍO
7 MARIA JOSE GONZALEZ RAMIREZ
C/ CARRERA SAN AGUSTIN,28
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA LOS POLVILLARES 441 24 67,92 657,57 LABOR REGADÍO
9 MIGUEL ESCOBAR MUÑOZ
C/ JARDINES DE NARVAEZ
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA GENAZAR 443 24 100,45 1499,44 ½
(3)
2 100 OLIVAR
SECANO
10 MIGUEL ELADIO RUIZ MUÑOZ
CAMINO VERDE Nº 7
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA GENAZAR 444 24 34,68 91,21 ½
(3)
2 100 LABOR REGADÍO
11 MARIA JOSEFA MENDEZ FERNANDEZ DE CORDOBA
c/ MALLORCA,264 CIUTAT VELLA
08008-BARCELONA
LOJA LOS POLVILLARES 439 24 100,41 446,43 100 OLIVAR REGADÍO
13 MARIA JOSEFA MENDEZ FERNANDEZ DE CORDOBA
c/ MALLORCA, 264 CIUTAT VELLA
08008-BARCELONA
LOJA LOS POLVILLARES 385 24 67,30 646,40 ½
(4)
1,69 50 OLIVAR SECANO
14 JUAN RAMIREZ MEGIAS
C/ CARRERA DE SAN AGUSTÍN Nº 13 4B
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA LOS POLVILLARES 384 24 313,05 1422,93 2
½
(4,5,6½)
6,14 250 OLIVAR REGADÍO
15 MARIA CORAL GIL MANTECON
C/ CORTIJO DEL CIPRES, 4
18312-PLINES (GRANADA)
LOJA LOS POLVILLARES 382 24 125,08 500,76
(6½,7)
8,65 150 OLIVAR SECANO
16 JUAN RAMIREZ MEGIAS
C/ CARRERA DE SAN AGUSTÍN Nº 13 4B
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA LOS POLVILLARES 377 24 283,50 2338,40
(7,8)
7,72 150 OLIVAR REGADÍO
17 JUAN RAMIREZ MEGIAS
C/ CARRERA DE SAN AGUSTÍN Nº 13 4B
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA LOS POLVILLARES 356 24 143,00 567,20 ½
(8½)
1,96 50 OLIVAR SECANO
18 ANTONIO SERRANO CÁRDENAS
LG CERRO PLINES
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA LOS POLVILLARES 354 24 49,00 417,71 OLIVAR SECANO
19 MARIA DEL CARMEN GALLEGO RUIZ
CL CERRO VIRIERO DE PLINES
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA LOS POLVILLARES 358 24 29,00 258,46 1
(9)
1,69 100 OLIVAR SECANO
20 RAFAEL GOMEZ RAYA
C/VICARIAS,21
18300-LOJA(GRANADA)
LOJA LOS POLVILLARES 351 24 85,00 274,60 OLIVAR SECANO
21 EDUARDO MARTIN SERRANO
CASERIO VINCULO
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA EL VINCULO 350 24 19,00 93,33 OLIVAR SECANO
22 ENRIQUE MARTIN SERRANO
CASERIO VINCULO
18300-LOJA (GRANADA
LOJA EL VINCULO 349 24 65,00 476,61 ½
(10)
1,96 100 OLIVAR SECANO
23 ANTONIO MARTIN SERRANO
CASERIO VINCULO
18300-LOJA (GRANADA
LOJA EL VINCULO 348 24 47,00 134,92 ½
(10)
1,96 100 LABOR SECANO
24
JOSE MANUEL MARTIN SERRANO
AV RAFAEL PEREZ DEL ALAMO,39 2ºC,
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA EL VINCULO 347 24 152,00 962,04 100 LABOR SECANO
25 HNOS MARTÍN SERRANO
CASERIO VINCULO
18300-LOJA (GRANADA
LOJA EL VINCULO 345 24 8,00 94,03 100 PASTOS
26 EDUARDO MARTIN SERRANO
CASERIO VINCULO
18300-LOJA (GRANADA
LOJA EL VINCULO 344 24 25,61 350,38 ½
(11)
4,84 100 LABOR REGADÍO
27
JOSE MANUEL MARTIN SERRANO
AV RAFAEL PEREZ DEL ALAMO,39 2ºC,
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA EL VINCULO 340 24 21,93 53,26 ½
(11)
4,84 100 LABOR REGADÍO
29
JOSE MANUEL MARTIN SERRANO
AV RAFAEL PEREZ DEL ALAMO,39 2ºC,
18300-LOJA (GRANADA
LOJA PLINES 252 24 84,00 316,53 LABOR REGADÍO
31 ANTONIO TORO CARDENAS
MONTIJILLO MONTERO-PLINES,3
18312-PLINES (GRANADA)
LOJA PLINES 243 24 122,60 1.175,38 LABOR REGADÍO
33 ANTONIO TORO CARDENAS
MONTIJILLO MONTERO-PLINES,3
18312-PLINES (GRANADA)
LOJA PLINES 246 24 52,00 143,10 1
(12)
2,88 100 LABOR REGADÍO
34 AURORA TORO CARDENAS
C/ SAN FRANCISCO Nº 54
18300-LOJA ( Fallecida)
LOJA PLINES 245 24 71,00 340,41 ½
(13)
1,69 100 LABOR REGADÍO
35 ESCOLASTICO CAMACHO JIMENEZ
C/ PASEO PUBLICO,13 1ºA
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA PLINES 244 24 137,00 531,25 ½
(13)
1,69 100 LABOR REGADÍO
37 ANTONIO TORO CARDENAS
MONTIJILLO MONTERO-PLINES,3
18312-PLINES (GRANADA
LOJA LA TORRE 178 24 38,00 316,22 LABOR REGADÍO
39 ROSARIO TORO CARDENAS
CORTIJO LA TOBA
18313-LOJA (GRANADA)
LOJA LA TORRE 85 24 40,00 484,90 100 LABOR REGADÍO
41 HROS DE JULIO SILES HIDALGO
CTRA DE ILLORA,25
18291-PINOS PUENTE (GRANADA)
LOJA CAMPANERO 177 24 142,00 573,72 1
(14)
1,96 100 OLIVAR SECANO
42 MARIA CARMEN ESPEJO ZAFRA
C/REAL,56
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA CAMPANERO 184 24 32,00 262,16 100 LABOR SECANO
43 JULIA ESPEJO ZAFRA
C/REAL,34 3º-B
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA CAMPANERO 183 24 19,00 192,77 ½
(15)
1,32 100 LABOR SECANO
44 HROS DE MARIA LUISA FERNANDEZ DE BOBADILLA CAMPOS
C/TABLAS,9 1º
18009-GRANADA
LOJA CAMPANERO 176 24 84,00 262,81 ½
(15)
1,32 100 OLIVAR SECANO
45 ANA MARIA RUIZ ORTIZ Y ANTONIO LOPEZ GALVEZ
C/SAN RAMON, 3 1ºC
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA LA CRUZ DE TORRE 186 24 101,00 677,68 100 OLIVAR SECANO
46 JOSE ZAFRA MUÑOZ
C/REAL,52
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA LA CRUZ DE TORRE 187 24 72,00 207,91 (16) 1,56 100 LABOR SECANO
47 CARMEN ZAFRA MUÑOZ
C/FUENTE SANTA
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA LA CRUZ DE TORRE 188 24 91,00 523,52 100 OLIVAR SECANO
48 HROS DE MARIA LUISA FERNANDEZ DE BOBADILLA CAMPOS
C/TABLAS,9 1º
18009-GRANADA
LOJA CAMPANERO 142 24 89,00 950,75 1
(17)
5,76 100 OLIVAR SECANO
49
CONCEPCIÓN GOMEZ GARCIA
C/SAN RAFAEL,1 1ºB
18300-LOJA
MARIA DEL CARMEN GOMEZ GARCIA
C7 ALFONSO REYES, 4 7ºB
29002-MALAGA
MARIA JOSEFA GOMEZ GARCIA
C/ PEDRO ANTONIO ALARCON,60
18002-GRANADA
LOJA CAMPANERO 143 24 147,00 646,09 100 OLIVAR SECANO
50 JOSE BENAVENTE PEREZ
C/SAN GREGRORIO ALTO, 16
18010-GRANADA
LOJA LA CAMPANERA 144 24 73,00 764,61 100 OLIVAR SECANO
51 RAFAEL CORPAS SILES
AVD DE LOS ANGELES,37 2ºB
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA LA CAMPANERA 145 24 156,00 1217,14 1
(18)
2,25 100 LABOR SECANO
53 RAFAEL CORPAS SILES
AVD DE LOS ANGELES,37 2ºB
18300-LOJA (GRANADA
LOJA CAMPANERO 127 24 100,00 826,72 150 LABOR SECANO
54 MARIA MATAS RAMIREZ
C/NUEVA, 5
29315-VILLANUEVA DE TAPIA (MALAGA)
LOJA CAMPANERO 124 24 479,00 3058,60 3
(19,20,21)
13,32 300 OLIVAR SECANO
55 ANTONIO JAIMEZ ARCA
C/ PINTOR VELAZQUEZ Nº 36
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA MOLINA 123 24 114,00 485,01 150 OLIVAR SECANO
56 RAQUEL COBOS SANTANA
C/ EL CÉNTIMO Nº 2 3º B
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA CAMPANERO 122 24 83,00 819,76 ½
(22)
1,82 100 OLIVAR SECANO
57 JOSE ANTONIO CANO ZAMORA
C/ CISNE, 20
18200-MARACENA (GRANADA)
LOJA CAMPANERO 121 24 32,00 93,76 ½
(22)
1,82 100 OLIVAR SECANO
58 JOSE ANTONIO CANO ZAMORA
C/ CISNE, 20
18200-MARACENA (GRANADA)
LOJA CAMPANERO 120 24 60,00 210,26 100 OLIVAR SECANO
59 MIGUEL ALBA ROMERO
C/ANTEQUERA,6
18300-LOJA(GRANADA)
LOJA CAMPANERO 119 24 30,00 157,98 100 OLIVAR SECANO
60 JUAN ALBA ROMERO
CL JOAQUIN COSTA, 14
18300-LOJA(GRANADA)
LOJA CAMPANERO 118 24 31,00 220,42 ½
(23)
5,76 100 OLIVAR SECANO
61 MIGUEL ALBA ROMERO
C/ANTEQUERA,6
18300-LOJA(GRANADA
LOJA CAMPANERO 117 24 55,00 159,16 ½
(23)
5,76 100 LABOR SECANO
62 JOSE ANTONIO CANO ZAMORA
C7 CISNE, 20
18200-MARACENA (GRANADA
LOJA CAMPANERO 116 24 75,00 332,70 IMPRODUCTIVO (CANTERA)
63 FRANCISCO AGUILERA MOLINA
C/SANTA ANA-RIOFRIO,11
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA CAMPANERO 115 24 6,00 36,62 OLIVAR REGADÍO
64 MIGUEL JIMENEZ QUINTANA
CL PERIODISTA JOSE FERNANDEZ MARTINEZ, 3 3ºA
18014-GRANADA
LOJA RIO FRIO 125 24 148,00 1.707,14 OLIVAR SECANO
65 PIEDAD ROSUA MATAS
C/ PEDRO ANTONIO DE ALARCON,70 1ºB
18002-GRANADA
LOJA RIO FRIO 152 24 41,00 843,12 IMPRODUCTIVO
66 PIEDAD ROSUA MATAS
C/ PEDRO ANTONIO DE ALARCON,70 1ºB
18002-GRANADA
LOJA RIO FRIO 154 24 17,00 409,71 100 OLIVAR REGADÍO
67 PIEDAD ROSUA MATAS
C/ PEDRO ANTONIO DE ALARCON,70 1ºB
18002-GRANADA
LOJA RIO FRIO 152 24 68,00 821,85 1
(24)
5,29 100 PASTOS
68 PISCIFACTORIA DE SIERRA NEVADA SL
CAMINO DE LA PISCIFACTORIA Nº 2
18313-RIOFRIO (GRANADA)
LOJA RIO FRIO 107 24 34,00 115,16 100 IMPRODUCTIVO
70 PISCIFACTORIA DE SIERRA NEVADA SL
CAMINO DE LA PISCIFACTORIA Nº 2
18313-RIOFRIO (GRANADA)
LOJA RIO FRIO 107 24 110,00 707,07 IMPRODUCTIVO
73 JUAN JIMENEZ AGUILERA
AVD DE ANDALUCÍA, 45 3º
23680-ALCALA LA REAL (JAEN)
LOJA CORTIJO 87 22 99,00 1.579,73 OLIVAR REGADÍO
75 MANUEL GARCIA DEL MORAL
CARRERA DE SAN AGUSTIN Nº 11
18300-LOJA
LOJA CORTIJO CIRIBILO 86 22 100,00 2.789,54 100 OLIVAR/LABOR REGADIO
77 JUAN JIMENEZ AGUILERA
AVD DE ANDALUCÍA, 45 3º
23680-ALCALA LA REAL (JAEN)
LOJA EL CAMBRON 90 22 797,00 7331,66 3
(25,26,27)
5,89 300 OLIVAR SECANO
78
FRANCISCO ANTONIO BAENA DEL ALAMO
CAMINO DE RONDA, 81 ESC 1 4ºC
18004-GRANADA
RAFAEL BAENA DEL ALAMO
C/ JULIO CESAR, 5 ESC 1 3ºV
18190-CENES DE LA VEGA (GRANADA)
LOJA BARANDILLA 93 22 394,00 5.073,85 1
(28)
2,10 100 OLIVAR SECANO
80
FRANCISCO ANTONIO BAENA DEL ALAMO
CAMINO DE RONDA, 81 ESC 1 4ºC
18004-GRANADA
RAFAEL BAENA DEL ALAMO
C/ JULIO CESAR, 5 ESC 1 3ºV
18190-CENES DE LA VEGA (GRANADA)
LOJA BARANDILLA 91 22 16,00 277,23 1
(29)
4,84 100 OLIVAR SECANO
82
FRANCISCO ANTONIO BAENA DEL ALAMO
CAMINO DE RONDA, 81 ESC 1 4ºC
18004-GRANADA
RAFAEL BAENA DEL ALAMO
C/ JULIO CESAR, 5 ESC 1 3ºV
18190-CENES DE LA VEGA (GRANADA)
LOJA BARANDILLA 93 22 71,00 244,92 OLIVAR SECANO
85
FRANCISCO ANTONIO BAENA DEL ALAMO
CAMINO DE RONDA, 81 ESC 1 4ºC
18004-GRANADA
RAFAEL BAENA DEL ALAMO
C/ JULIO CESAR, 5 ESC 1 3ºV
18190-CENES DE LA VEGA (GRANADA)
LOJA BARANDILLA 171 20 89,00 1.123,43 OLIVAR SECANO
87
FRANCISCO ANTONIO BAENA DEL ALAMO
CAMINO DE RONDA, 81 ESC 1 4ºC
18004-GRANADA
RAFAEL BAENA DEL ALAMO
C/ JULIO CESAR, 5 ESC 1 3ºV
18190-CENES DE LA VEGA (GRANADA)
LOJA BARANDILLA 170 20 16,00 292,76 100 OLIVAR SECANO
88 HNOS CASTILLO GALLEGO CUESTA BLANCA SC
CARRERA DE SAN AGUSTIN, 11
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA BARANDILLA 169 20 103,00 2.636,43 1
(30)
11,52 100 OLIVAR REGADÍO
92 JUAN GUERRERO RAMIREZ
C/LICENCIADO MORENO, 15
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA PELITRE 168 20 192,50 1.148,95 1
(31)
3,92 100 OLIVAR SECANO
93 MARIA DEL CARMEN MUÑOZ CASTAÑEDA Y RAFAEL CASTILLO VALVERDE
C/ GRANADA, 3 3º D
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA PELITRE 167 20 182,00 1..371,61 1 1/2
(32,33)
5,54 150 OLIVAR SECANO
94 MARGARITA AGUILERA PALOMINO
C/MESON DEL ARROYO,7
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA ENREDA 165 20 186,00 1.092,19 1 1/2
(33,34)
2,77 150 OLIVAR SECANO
96
ALFONSO LLAMAS LUNA
AVD PABLO PICASSO,26
18006-GRANADA
HROS DE MIGUEL LLAMAS LUNA
C/PEDRO ANTONIO ALARCON,77 ESC L PISO C
18003-GRANADA
JOSE LLAMAS LUNA
C/REAL ,32 2º
14970-IZNAJAR (CORDOBA)
M.ANGUSTIAS LLAMAS LUNA
C/MANUEL DE FALLA, 11
41700-DOS HERMANAS (SEVILLA)
JUAN LLAMAS LUNA
CAMINO DE RONDA, 83 6ºD
18004-GRANADA
LOJA ENREDA 164 20 267,00 1.471,40 1
(35)
1,21 100 OLIVAR SECANO
98 ENRIQUE ARJONA CANO
C/ NUEVA,76 1º
29300-ARCHIDONA (MALAGA)
LOJA ENREDA 151 20 172,00 709,12 2
(36,37)
3,98 200 OLIVAR SECANO
99 FRANCISCO ARENAS AGUILERA
AL EL HIGUERAL, 121
14979-IZNAJAR (CORDOBA)
LOJA PELITRE 152 20 28,00 87,87 100 OLIVAR SECANO
100 JOSE ARENAS AGUILERA
C/HIGUERAL ,70
14970-IZNAJAR (CORDOBA)
LOJA ENREDA 150 20 154,00 1.244,30 1
(38)
1,69 100 OLIVAR SECANO
101
MANUEL ROSAS RAMIREZ Y JOSE ANTONIO ROSAS RAMIREZ
C/ MONTOYA,3 1º
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA ALTOCHAR 148 20 471,00 3.759,74 1 ½
(39,40)
3,52 150 OLIVAR SECANO
102 JOAQUIN CANO FERNANDEZ
C/PINTOR VELAZQUEZ-URB BELL, 18
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA CORTIJO LOS ALAMOS 68 20 3,00 27,19 ½
(40)
1,56 100 OLIVAR REGADÍO
104
MANUEL ROSAS RAMIREZ Y JOSE ANTONIO ROSAS RAMIREZ
C/ MONTOYA,3 1º
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA ALTOCHAR 147 20 17,00 44,88 100 OLIVAR SECANO
105
FRANCISCO JIMENEZ AGUILERA
CALLEJON DE LOS NARANJOS, 11
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA CORTIJO LOS ALAMOS 70 20 250,00 1.525,23 1
(41)
2,10 100 OLIVAR SECANO
106 FRANCISCA ELISA GIMENEZ ROZUA
C/ TORREPANES, 9
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA CORTIJO LOS ALAMOS 71 20 80,00 495,68 100 OLIVAR SECANO
107 MANUEL LIZANA MOLINA
C/ SIN CASAS, 17 2ºA
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA CORTIJO LOS ALAMOS 74 20 42,00 460,04 OLIVAR SECANO
108 CRISTOBAL JIMENEZ AGUILERA
C/ALIATAR,24
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA CORTIJO LOS ALAMOS 73 20 35,00 527,64 OLIVAR SECANO
110 ANA ORTEGA QUINTANA
LG VENTA EL RAYO
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA CORTIJO LOS ALAMOS 82 20 65,70 1.528,44 OLIVAR SECANO
111 JOAQUIN CANO FERNANDEZ
C/PINTOR VELAZQUEZ-URB BELL, 18
18300-LOJA (GRANADA
LOJA CORTIJO LOS ALAMOS 83 20 86,30 3.123,66 OLIVAR SECANO
113 FRANCISCO JAVIER LLAMAS PEREZ
BO RIOFRIO
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA CORTIJO LOS ALAMOS 85 20 99,80 339,88 1
(42)
4,20 100 OLIVAR SECANO
114 FRANCISCA ELISA GIMENEZ ROZUA
C/ TORREPANES, 9
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA CORTIJO LOS ALAMOS 86 20 4,00 21,54 100 LABOR SECANO
115 MIGUEL AGUILERA VILLALBA
C/LICENCIADO MORENO, 18
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA CORTIJO LOS ALAMOS 90 20 144,00 1.665,39 ½
(43)
1,69 100 OLIVAR SECANO
116 MIGUEL LLAMAS GONZALEZ
C/FUENTE LA TRUCHA
18300-LOJA (GRANADA)
LOJA CORTIJO LOS ALAMOS 89 20 3,00 24,62 ½
(43)
1,69 100 OLIVAR SECANO
117 ANTONIO LLAMAS GONZALEZ
BARRIADA CUESTA BLANCA, 25
18313-GRANADA
LOJA CORTIJO LOS ALAMOS 91 20 262,67 1.328,98 2
(44,45)
3,23 200 OLIVAR SECANO
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