Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 21 de 02/02/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 10 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Naturales, de caducidad y archivo del procedimiento de deslinde de las vías pecuarias «Cordel de Marmolejo», «Colada de Pilas» y «Cordel de los Molinos» en el término municipal de Andújar, en la provincia de Jaén (núm. de Expte. VP 1513/2007).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Es competencia de esta Dirección General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Naturales, en virtud del artículo 92 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ordenar que el archivo del expediente administrativo de deslinde de referencia, por aplicación del instituto de caducidad, al haber transcurrido el plazo máximo establecido según la normativa vigente al tiempo del inicio de los procedimientos, sin que haya recaído resolución expresa, con motivo de dificultades de carácter técnico que ha impedido realizar los trabajos materiales del deslinde de las mencionadas vías pecuarias, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por lo que procede declarar la caducidad del referido expediente.

RESUELVO

Declarar la caducidad y ordenar el archivo del procedimiento de deslinde instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén de las vías pecuarias «Cordel de Marmolejo», «Colada de Pilas» y «Cordel de los Molinos» (Expte. VP 1513/2007), a su paso por la finca «Rosalejillo», en el término municipal de Andújar, en la provincia de Jaén, iniciado mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de 22 de junio de 2007 a solicitud de la entidad mercantil «Cimbra y Encofrado, S.A.» propietaria de la citada finca «Rosalejillo».

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, conforme a la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 10 de diciembre de 2008.- La Directora General, Rocío Espinosa de la Torre.

Descargar PDF