Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 220 de 11/11/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Acuerdo de 27 de octubre de 2009, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la concesión de subvención nominativa a la entidad «Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo» para la mejora de la cualificación profesional de las personas trabajadoras desempleadas y ocupadas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el abono de la subvención según lo previsto en el artículo 21.1.c) de la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2009.

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La situación económica actual, la ralentización de la actividad y el aumento considerable del desempleo en los últimos meses, exige la adopción de medidas orientadas a paliar las consecuencias negativas de la evolución de esta situación.

Entre las políticas activas de empleo, la Formación para el Empleo es una de las más eficaces en este sentido, y tiene como objetivo general ofrecer a la población activa una cualificación profesional concreta vinculada a los actuales requerimientos del mercado laboral mejorando así las oportunidades de acceso al trabajo.

La población activa andaluza ha experimentado en los últimos años un importante crecimiento en el nivel formativo, lo que sin duda ha contribuido al crecimiento de la economía andaluza. Pero se hace necesario que la sociedad andaluza disponga de un capital humano formado adecuadamente para adaptarse a los cambios económicos y sociales, a la globalización económica, así como a la irrupción de nuevas tecnologías que han transformado profundamente los medios de producción y de trabajo.

Así pues, la Consejería de Empleo considera que la Formación para el Empleo se configura como un importante instrumento para cualificar profesionalmente a la población activa andaluza y, por tanto, para conseguir la inserción de la población demandante de empleo.

La Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo es una entidad pública sin ánimo de lucro, adscrita a la Consejería de Empleo, que cuenta con una extensa red de centros formativos en todo el territorio andaluz y por tanto se considera como un instrumento idóneo para alcanzar los objetivos de la Consejería de Empleo antes señalados.

Por todo ello, el Servicio Andaluz de Empleo pretende tramitar una subvención nominativa a la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo para la ejecución de acciones en materia de Formación Profesional para el Empleo por un importe total de veinticinco millones de euros (25.000.000 €). El objeto de esta subvención es la ejecución de actuaciones para la mejora de la cualificación profesional de las personas trabajadoras desempleadas y ocupadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La normativa presupuestaria vigente establece en el artículo 104 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en en el artículo 4.1 del Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos (Decreto 254/2001, de 20 de noviembre), que se requerirá Acuerdo del Consejo de Gobierno para aprobar subvenciones por importe superior a tres millones cinco mil sesenta euros con cincuenta y dos céntimos (3.005.060,52 €).

Por ello, a propuesta del Consejero de Empleo, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 27 de octubre de 2009, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. Autorizar la concesión de una subvención por importe de veinticinco millones de euros (25.000.000,00 €) a la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo, mediante Resolución del Servicio Andaluz de Empleo, para la mejora de la cualificación profesional de las personas trabajadoras desempleadas y ocupadas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. Autorizar el abono, sin justificación previa, de la totalidad del importe de la presente subvención en la forma que se estipule en la Resolución de concesión, en virtud del artículo 21.1.c) de la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2009.

Tercero. Se faculta al Consejero de Empleo, en su calidad de Presidente del Servicio Andaluz de Empleo, para adoptar las Resoluciones que fueren necesarias para la puesta en práctica y ejecución del presente Acuerdo.

Sevilla, 27 de octubre de 2009

José Antonio Griñán Martínez

Presidente de la Junta de Andalucía

Antonio Fernández García

Consejero de Empleo

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