Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 228 de 23/11/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Decreto 368/2009, de 10 de noviembre, por el que se acepta la cesión gratuita de la propiedad a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre (Málaga), de una parcela de 7.680,60 m2, sita en la urbanización «Retamar II» de esa localidad, para la construcción de un Instituto de Educación Secundaría, y se adscribe a la Consejería de Educación.

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Por el Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre (Málaga) fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía una parcela de terreno de 7.680,60 m2, ubicada en la urbanización «Retamar II», de dicho municipio, para la construcción de un Instituto de Educación Secundaria.

Por la Consejería de Educación se considera de interés la aceptación de la referida cesión gratuita de la propiedad, debido a las necesidades de escolarización de la zona.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 10 de noviembre de 2009,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la cesión gratuita de la propiedad ofrecida por el Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre (Málaga) de una parcela, con 7.680,60 m2 de superficie, dicha parcela habrá de segregarse de la finca registral 7923/A, folio 1, tomo 1210, libro 375, que consta inscrita en el Registro de la propiedad núm. Once de Málaga, con la siguiente descripción:

Finca urbana en el paraje de Los Tomillares de 9.072 m2 de superficie, con los linderos siguientes: Frente, con la calle R-D, hoy calle Carraca, Derecha, con la urbanización Retamar I fase, Izquierda, con finca segregada, Fondo, con el Arroyo Capellanía.

Forma parte de la parcela catastral: 2489101UF6528N0001AI.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad.

Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la parcela donada, que se adscribe a la Consejería de Educación con destino a Instituto de Educación Secundaria.

Cuarto. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 10 de noviembre de 2009

José Antonio Griñán Martínez

Presidente de la Junta de Andalucía

Carmen Martínez Aguayo

Consejera de Economía y Hacienda

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