Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 230 de 25/11/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 28 de octubre de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Sevilla, dimanante del procedimiento de filiación núm. 982/2007. (PD. 3445/2009).

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NIG: 4109142C20070032860.

Procedimiento: Filiación 982/2007. Negociado: A.

Sobre: Reconocimiento de Paternidad.

De: Don Juan Francisco García González.

Procuradora: Sra. Ana María Asensio Vegas.

Contra: Doña Rocío Paredes Castillo y Ministerio Fiscal.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Filiación 982/2007 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Sevilla a instancia de Juan Francisco García González contra Rocío Paredes Castillo y Ministerio Fiscal sobre Reconocimiento de Paternidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 1265

En Sevilla, a veintinueve de septiembre de dos mil nueve.

Doña M.ª José Moreno Machuca, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Catorce de Sevilla, ha visto los presentes autos de juicio verbal, sobre reclamación de Filiación, seguidos en este Juzgado con el número 982/2007, a instancia de don Juan Francisco García González, representado por la Procuradora doña Ana María Asensio Vegas, contra doña Rocío Paredes Castillo, declarada en rebeldía, habiendo intervenido el Ministerio Fiscal.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la Procuradora doña Ana María Asensio Vegas, en representación de don Juan Francisco García González, contra doña Rocío Paredes Castillo, declaro que la menor S.P.C., nacida el día 1 de enero de 2001, inscrita en el Registro Civil de Morón de la Frontera, al tomo 225, página 083 de la Sección Primera, es hija no matrimonial de don Juan Francisco García González, con los efectos legales inherentes a esta declaración, procediendo la modificación de los apellidos de la citada menor. Se imponen las costas procesales a la demandada.

Líbrense los correspondientes despachos al Registro Civil en que consta el nacimiento de la menor.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que se preparará ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, del que conocerá la Audiencia Provincial.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Rocío Paredes Castillo, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a veintiocho de octubre de dos mil nueve.

El/La Secretario.

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