Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 231 de 26/11/2009

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Consejería de Educación

Resolución de 30 de octubre de 2009, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se conceden ayudas económicas para financiar actividades de las organizaciones estudiantiles, en los niveles no universitarios.

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Visto el Decreto 85/1999, de 6 de abril, por el que se regulan los derechos y deberes del alumnado y las correspondientes normas de convivencia, y en el que se dispone el derecho a libertad de asociación de los alumnos y alumnas en los niveles no universitarios.

Visto el Decreto 28/1998, de 10 de febrero, por el que se regulan las asociaciones de alumnos y alumnas de los centros docentes no universitarios, y en el que se establece que la Consejería de Educación fomentará las actividades de asociaciones de alumnos mediante la concesión de las ayudas que para tales fines figuren en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.

Vista la Orden de 6 de julio de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas económicas para financiar actividades de las Organizaciones Estudiantiles de Andalucía, en los niveles no universitarios.

Vista la Orden de 31 de marzo de 2009, por la que se efectúa convocatoria pública para la concesión de ayudas económicas para financiar actividades de las Organizaciones Estudiantiles de Andalucía en los niveles no universitarios.

Resuelta la adjudicación de asignaciones a los proyectos presentados por las asociaciones de estudiantes con fecha de 30 de junio de 2009.

Visto el Título III, Capítulo I, sobre Medidas Administrativas, (arts. 28 y subsiguientes) de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras (BOJA núm. 255, de 31.12.04) y que relaciona las normas reguladoras de subvenciones: Régimen jurídico, obligaciones de los beneficiarios, normas reguladoras, procedimiento de concesión, publicidad, pago y justificación y reintegro.

Esta Delegación Provincial de Educación en Cádiz

HA RESUELTO

1.º Conceder las siguientes ayudas a los proyectos presentados por las entidades que a continuación se citan:

E N T I D A D E S L O C A L I D A D CANTIDAD ASIGNADA
SEPER VILLA LOS BARRIOS.
Asociación El Nuevo Amanecer
Los Barrios 741
IES LA CALETA
Asociación La Viña
CADIZ 1.380
COLEGIO LA SALLE
Asociación Lasalianos
CADIZ 1.400
S.E.P. Río Verde
Asociación Jacaranda Gazul
ALCALÁ DE LOS GAZULES 2.507,20
IES JOSE LUIS TEJADA
Asociación La Razón de Ser
EL PUERTO DE SANTA MARIA 1.243,40
FEDERACIÓN PROVINCIAL ADULTOS
EL PUERTO DE SANTA MARIA 1.300
SEPER ARCO IRIS
Asociación El Sol
Paterna 1.393,45
IES FRANCISCO PACHECO
Asociación Carpe Diem
SANLUCAR 1.500
C.E.PER MARÍA ZAMBRANO
Asociación Marzán
SAN FERNANDO 1.100
IES LA JARCIA
Asociación La Bahía
PUERTO REAL 1.500
C.E.PER RIBERA DEL MAR
Asociación El Atardecer
PUERTO REAL 1.243,95
C.E.PER VICTORIA ALBA
Asociación San Benito
JEREZ DE LA FRONTERA 1.500
IES ROMERO VARGAS
Asociación Misterio
JEREZ DE LA FRONTERA 1.200
T O T A L 18.000

2.º Denegar las ayudas a la asociación de alumnos La Catona pertenciente al CEPER La Arboleda Perdida, al presentar solicitud fuera de plazo, según lo establecido en la Disposición transitoria única de la Orden de 6 de julio de 2007 (BOJA núm. 148, de 27 de julio de 2007) y en el artículo tercero de la Orden de 31 de marzo de 2009 (BOJA núm. 75, de 21 de abril de 2009), así como la asociación de alumnos Sexante perteneciente al IES La Arboleda, al no presentar la solicitud los requisitos correspondientes según lo dispuesto en los artículos 2 y 6 de la Orden reguladora de 6 de julio de 2007 (BOJA núm. 148, de 27 de julio de 2007).

Contra la presente Resolución de la Delegación Provincial de Educación, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Cádiz, 30 de octubre de 2009.- La Delegada, Blanca Alcántara Reviso.

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