Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 236 de 03/12/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 30 de octubre de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Sevilla, dimanante de procedimiento verbal núm. 159/2009. (PD. 3545/2009).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 4109142C20090004449.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio falta pago -250.1.1) 159/2009. Negociado: 1.º

Sobre: Desahucio por falta de pago y reclamación rentas adeudas.

De: Doña María del Carmen Martín Rodríguez.

Procuradora: Sra. Elisa Isabel Camacho Castro.

Contra: Don Francisco José García Benítez.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (Desahucio falta pago -250.1.1) 159/2009 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Sevilla a instancia de María del Carmen Martín Rodríguez contra Francisco José García Benítez sobre desahucio por falta de pago y reclamación rentas adeudadas, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 206/09

Juez que la dicta: Don Manuel J. Hermosilla Sierra.

Lugar: Sevilla.

Fecha: Treinta de octubre de 2009.

Parte demandante: María del Carmen Martín Rodríguez.

Procuradora: Elisa Isabel Camacho Castro.

Parte demandada: Francisco José García Benítez.

Objeto del juicio: Desahucio por falta de pago y reclamación rentas adeudas.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por doña Elisa I. Camacho Castro en nombre y representación de María del Carmen Martín Rodríguez contra Francisco J. García Benítez, declaro haber lugar al desahucio del demandado de la vivienda sita en C/ Santa Justa, núm. 10, 4.º D, de Sevilla, la cual deberá quedar libre y a disposición de la parte actora, con apercibimiento de ser lanzada y a su costa si no lo verificare en el plazo legal.

El demandado abonará igualmente a la actora la cantidad de 1.303,23 euros, así como el importe de las rentas que se vayan devengando hasta la entrega de la finca objeto de autos, más los intereses legales devengados por dicha suma desde la fecha del emplazamiento, todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Desconociéndose el actual domicilio y/o paradero del demandado, y conforme a lo dispuesto en el art. 497 de la LEC, notifíquese esta resolución al mismo por medio de edicto que se fijará en el tablón de este Juzgado, así como publicará en el BOJA, expidiéndose el correspondiente despacho que se entregará a la actora para cuidar de su diligenciado.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Francisco José García Benítez, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a treinta de octubre de dos mil nueve.- El/La Secretario.

Descargar PDF