Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 246 de 18/12/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 3 de diciembre de 2009, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 875/08.

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NIG: 2906744S20086000271.

Procedimiento: 875/08.

Ejecución No: 251/2009. Negociado: AA.

De: Don Manuel Peinado Román, don Jorge Petelin, don Cristóbal Gámez Carmona, doña Serffly Kryhorenko, don José Antonio Maldonado Mora, don Antonio de la Hoz García, doña Anatoliy Antonov, don Juan Palma Martín, don Víctor Sevyrin, don Manuel Luque García y don Francisco López Paniagua.

Contra: Servipexa Empresa de Servicios, S.L.

EDICTO

El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga.

HACE SABER

Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 251/2009, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de Manuel Peinado Román, Jorge Petelín, Cristóbal Gámez Carmona, Serffly Kryhorenko, José Antonio Maldonado Mora, Antonio de la Hoz García, Anatoliy Antonov, Juan Palma Martín, Víctor Sevyrin, Manuel Luque García y Francisco López Paniagua contra Servipexa Empresa de Servicios, S.L., en la que con fecha 21.10.09 se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente:

«PARTE DISPOSITIVA

Se acumula a la presente ejecución número 251/2009, las seguidas ante este mismo Juzgado bajo los números: 252, 253, 254, 255, 256, 257, 258, 259, 260 y 261/2009.

Precédase a la ejecución, y se decreta el embargo de bienes propiedad de la parte ejecutada para cubrir la cantidad de total de 191.584,31 euros de principal, más otros 38.317 euros presupuestados provisionalmente para intereses, gastos y costas. En su virtud, se requiere a la parte demandada a fin de que manifieste a este Juzgado, relación de bienes o derechos de los que sea titular, con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades, indicando igualmente, las personas que ostenten derechos de cualquier naturaleza sobre los mismos o estar sujetos a otros procesos, todo ello, dentro del término legal establecido, procediendo a trabar embargo en sus bienes, en cuantía suficiente para cubrir principal y costas del procedimiento y en el orden prevenido para el juicio, dándose comisión para la diligencia de embargo a practicar, a un Agente Judicial del Servicio común de Notificaciones y Embargos de Granada, asistido del Secretario u oficial habilitado, sirviendo esta resolución de mandamiento en forma, para la práctica acordada, así como para solicitar el auxilio de la fuerza pública, si preciso fuere, guardándose en la traba el orden y limitaciones que establece la LEC librándose al efecto el correspondiente exhorto.

Teniendo en cuenta el importe del principal adeudado requiérase al ejecutante para que en el plazo de diez días señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo sin perjuicio de lo cual líbrense oficios al Servicio de Índices en Madrid a fin de que informen sobre bienes que aparezcan como de la titularidad de la ejecutada.

Recábese por medios telemáticos la información patrimonial del ejecutado.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer oposición en el plazo de diez días, siguientes al de su notificación.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma la Ilma. Sra.doña Cristina Pascual Arrabal, Magistrada Juez Sustituta del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga. Doy fe.

El/La Magistrada Juez Sustituta El/La Secretario/a.

Y para que sirva de notificación en forma a Servipexa Empresa de Servicios, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Málaga, a 3 de diciembre de 2009.- El/La Secretario/a Judicial.

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