Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 250 de 24/12/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

EDICTO de 25 de noviembre de 2009, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 27.1/2008.

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Procedimiento: Ejecución 27.1/2008 Negociado: C3.

Sobre:

N.I.G.: 2906744S2008000096.

De: Don Sergiy Busilkov.

Contra: Construcciones y Contratas Ramican, S.L.

E D I C T O

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Siete de Malaga.

HACE SABER

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el num. 27.1/2008 a instancia de la parte actora don Sergiy Busilkov contra Construcciones y Contratas Ramican, S.L., sobre ejecución, se ha dictado Resolución de fecha 22.2.08 del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

S.S.ª Ilma. dijo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 6.924,22 euros en concepto de principal, más la de 1.385 euros calculadas para intereses y costas y gastos, debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario, a cuyo efecto líbrese exhorto al Juzgado Decano de Loja (Granada), sirviendo la presente resolución de mandamiento en forma al Agente Judicial de dicho Juzgado, para que, asistido de Secretario o funcionario habilitado para ello, se lleven a efecto las diligencias acordadas, así como para solicitar el auxilio de la fuerza pública, si fuese necesario.

Líbrense oficios al Servicio de Índices en Madrid y al Decanato de los Juzgados de esta capital así como a la Agencia Tributaria a fin de que informen sobre bienes que aparezcan como de la titularidad de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así, por este auto, lo acuerdo, mando y firma la Ilma. Sra.doña Paloma Martín Jiménez, Magistrada/Juez del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga. Doy fe.-La Magistrada-Juez.- La Secretaria.

Diligencia: Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado, Construcciones y Contratas Ramican, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, 25 de noviembre de 2009.- La Secretaria Judicial.

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