Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 253 de 30/12/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 4 de diciembre de 2009, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se conceden ayudas a Entidades Locales para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, así como para la atención al alumnado inmigrante para el curso 2009-2010.

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1. Vista la Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación, en la que se establece que la Consejería de Educación garantizará el desarrollo de programas de compensación educativa y social en la lucha contra el absentismo escolar, y consolidará el compromiso con la igualdad de oportunidades.

2. Que en su artículo 19 determina que la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía adoptará medidas que faciliten que el alumnado, cuyas familias se dediquen a tareas agrícolas de temporada o profesiones itinerantes, permanezca escolarizado en los centros docentes de su localidad de origen para favorecer un proceso educativo sin interrupciones.

3. Visto el Decreto 167/2003, de 17 de junio, que en su artículo 13.1 recoge que la Consejería de Educación podrá conceder a las Entidades Locales ayudas económicas para la realización de actuaciones que favorezcan la inserción socioeducativa del alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones sociales desfavorecidas.

4. Vista la Resolución del Parlamento Andaluz en la sesión celebrada los días 25 y 26 de junio de 2003, en la que tomó el Acuerdo de instar al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía a elaborar un Plan Integral de Lucha contra el Absentismo Escolar.

5. Visto el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, de 25 de noviembre de 2003, por el que se aprueba el Plan Integral para la Prevención, Seguimiento y Control del Absentismo Escolar, en el que se contempla la suscripción de convenio de colaboración entre la Administración de la Junta de Andalucía y las Entidades Locales.

6. Vista la Orden de la Consejería de Educación, de 8 de enero de 2008 (BOJA de 4 de febrero), por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones con la finalidad de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, así como la atención al alumnado inmigrante, instrumentalizadas a través de convenios de cooperación.

7. Vista el Acta de la Comisión Provincial de Valoración de los Proyectos de Programas de Prevención del Absentismo Escolar, de 9 de mayo de 2009, en la que se elaboró un informe de los distintos proyectos presentados, al amparo de la convocatoria de la citada Orden de regulación de la cooperación con Entidades Locales para el desarrollo de Programas de Prevención, Seguimiento y Control del Absentismo Escolar, así como la atención al alumnado inmigrante.

8. Vista la Propuesta realizada por la Jefa del Servicio de Ordenación Educativa de esta Delegación, una vez conocidas las partidas económicas disponibles comunicadas por la Dirección General de Participación y Equidad en Educación, sobre la concesión y denegación de las subvenciones.

9. Visto que los distintos proyectos incluyen la atención de necesidades que no es posible garantizar mediante la prestación de los Servicios Complementarios de la enseñanza ordinarios, a través del Plan de Apertura de Centros o cualquier otra medida desarrollada por la Administración de la Junta de Andalucía.

10. Vistos el Título III, Capítulo I, sobre Medidas Administrativas (arts. 28 y subsiguientes) de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras (BOJA núm. 255, de 31.12.04) y que relaciona las normas reguladoras de subvenciones: régimen jurídico, obligaciones de los beneficiarios, normas reguladoras, procedimiento de concesión, publicidad, pago y justificación y reintegro. Así como la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre, su reglamento de desarrollo R.D. 887/2006, de 21 de julio, el Título VIII de la LGHPA, y el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre.

Esta Delegación Provincial de Educación en Cádiz,

HA RESUELTO

1.º Conceder las siguientes ayudas a los proyectos presentados a las Entidades Locales que a continuación se citan:

ENTIDAD LOCALIDAD SUBVENCIÓN
CONCEDIDA
Mancomunidad de Municipios de la Sierra de Cádiz Villamartín 150.000
Ayuntamiento Chiclana de la Frontera 15.000
Ayuntamiento Sanlúcar de Barrameda 17.849
Ayuntamiento Vejer de la Frontera 12.760

2.º Excluir a los Ayuntamientos de Benaocaz, Villaluenga del Rosario y al proyecto «Juntos» del Ayuntamiento de Villamartín por presentarse fuera de plazo.

3.º Denegar las ayudas a las restantes Entidades solicitantes por falta de disponibilidades presupuestarias:

ENTIDAD LOCALIDAD
AYUNTAMIENTO ALCALÁ DE LOS GAZULES
AYUNTAMIENTO BARBATE
AYUNTAMIENTO ESPERA
AYUNTAMIENTO UBRIQUE
AYUNTAMIENTO VILLAMARTÍN
AYUNTAMIENTO GRAZALEMA
AYUNTAMIENTO EL BOSQUE

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Cádiz, 4 de diciembre de 2009.- La Delegada, Blanca Alcántara Reviso.

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