Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 253 de 30/12/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Resolución de 9 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se dispone la publicación de la primera adenda al Convenio de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) para la definición y puesta en práctica de las actuaciones de apoyo público con fondos FEDER en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­Habiéndose suscrito con fecha 16 de julio de 2009 la primera adenda al Convenio de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) para la definición y puesta en práctica de las actuaciones de apoyo público con Fondos FEDER en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Para general conocimiento, en virtud de lo establecido en el artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

RESUELVO

Hacer pública la primera adenda al Convenio de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) para la definición y puesta en práctica de las actuaciones de apoyo público con Fondos FEDER en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que figura como Anexo a esta Resolución.

Sevilla, 9 de diciembre de 2009.- La Directora General, Eva María Vázquez Sánchez.

ANEXO

PRIMERA ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA Y EL INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA (IDAE) PARA LA DEFINICIÓN Y PUESTA EN PRÁCTICA DE LAS ACTUACIONES DE APOYO PÚBLICO CON FONDOS FEDER EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

En Madrid, a 16 de julio de 2009.

REUNIDOS

De una parte:

El Sr. don Martín Soler Márquez, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en calidad de Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, cargo para el que fue nombrado por Decreto del Presidente 4/2009, de 23 de abril, por el que se designan los Consejeros y Consejeras (BOJA núm. 78, de 24 de abril), haciendo uso de las facultades de su cargo y las que le han sido conferidas conforme a lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Y de otra parte:

El Sr. don Enrique Jiménez Larrea, en nombre y representación del Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía (en adelante IDAE u Organismo Intermedio), en su calidad de Director General del mismo, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 1321/2005, de 4 de noviembre (BOE núm. 265, de 5 de noviembre), haciendo uso de las facultades de su cargo y las que le han sido conferidas en virtud de acuerdo de Consejo de Administración del Instituto en su sesión núm. 139, de fecha 31 de marzo de 2008.

Ambas reconociéndose capacidad suficiente para formalizar la presente Adenda

EXPONEN

Primero. Con base en los principios de cooperación y deber recíproco de apoyo y lealtad institucional establecidos en los artículos 3 y 4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ambas partes suscribieron con fecha 3 de febrero de 2009 un Convenio de Colaboración para la definición y puesta en práctica de las actuaciones de apoyo público con fondos FEDER, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Este Convenio tiene por objeto llevar a cabo medidas o actuaciones en materia de ahorro y eficiencia energética y de desarrollo de las fuentes renovables de energía, comprensivos de los objetivos previstos en el PER y PAE 4+. Estos objetivos revisten una especial relevancia al contribuir decididamente a la consecución de un modelo de desarrollo económico sostenible, con los consiguientes beneficios sociales, económicos y medioambientales.

Segundo. En el Anexo I del citado Convenio, donde se recogen los «Criterios de selección de operaciones», respecto de los temas prioritarios 40 «Energías Renovables: Solar», 41 «Energías Renovables: Biomasa» y 43 «Eficiencia Energética, Cogeneración, Control de la Energía», únicamente se prevé la realización de actuaciones consistentes en la concesión de ayudas no reembolsables, bien mediante convocatorias públicas, bien mediante el establecimiento de acuerdos o convenios con entidades colaboradoras públicas o privadas.

El deber de cooperación entre las Administraciones Públicas debe ser entendido en su más amplia dimensión, pudiéndose recurrir a cuantos mecanismos estén a su alcance, en aras de la salvaguarda de los intereses públicos. Igualmente, en períodos como el presente de crisis económica generalizada, se hace necesario por los poderes públicos la realización de inversiones que impulsen un período de recuperación económica.

Con base en lo anterior, procede incorporar al citado Convenio nuevos mecanismos de gestión de fondos FEDER, consistentes en la realización de inversiones cofinanciadas entre el IDAE y los diferentes gestores públicos como son la Administración General de la Junta de Andalucía y sus Entidades Instrumentales, así como otros entes instrumentales, administraciones y entidades públicas distintas de la Administración General de la Junta de Andalucía. Estas inversiones se formalizarán mediante acuerdos o convenios, caso de no llevarse a cabo mediante convocatoria pública de ayudas.

En virtud de cuanto antecede, ambas partes acuerdan formalizar la presente Adenda al Convenio citado con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Modificar el Anexo I del Convenio de 3 de febrero de 2009 para la definición y puesta en práctica de las actuaciones de apoyo público con fondos FEDER en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, incorporando un nuevo párrafo a dicho Anexo dentro de los Temas Prioritarios 40 «Energías Renovables: Solar», 41 «Energías Renovables: Biomasa» y 43 «Eficiencia Energética, Cogeneración, Control de la Energía», en los siguientes términos:

«La Comunidad Autónoma de Andalucía podrá realizar proyectos de inversión cofinanciados con el IDAE y los diferentes gestores públicos como son la Administración General de la Junta de Andalucía y sus Entidades Instrumentales, así como otros entes instrumentales, administraciones y entidades públicas distintas de la Administración General de la Junta de Andalucía quedando reflejadas dichas actuaciones en acuerdos o convenios, caso de no llevarse a cabo mediante convocatoria pública de ayudas.»

Segunda. Se mantienen, en lo no modificado por la presente Adenda, las cláusulas y el Anexo del Convenio anteriormente citado.

De conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones de las que son titulares los firmantes, suscriben la presente Adenda, por duplicado ejemplar en el lugar y fecha al inicio expresados, y acuerdan disponer su publicación en los Boletines Oficiales correspondientes, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, fdo.: Enrique Jiménez Larrea. Por la Consejeria de Innovacion, Ciencia y Empresa, fdo.: Martín Soler Márquez.

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