Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 253 de 30/12/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 3 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Naturales, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria denominada «Cañada Real del Camino Viejo de Jaén».

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Examinado el expediente de deslinde de la vía pecuaria «Cañada Real del Camino Viejo de Jaén», en el tramo que va desde el límite de términos con Mancha Real, hasta el cruce con el camino de acceso a la Laguna Grande, en el término municipal de Baeza, en la provincia de Jaén, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria antes citada, ubicada en el término municipal de Baeza, fue clasificada por la Orden Ministerial, de fecha 11 de febrero de 1958, publicada en el Boletín Oficial del Estado, de fecha 21 de mayo de 1958, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 159, de fecha 14 de julio de 1958, con una anchura de 75,22 metros lineales.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente, de fecha 10 de junio de 2008, se acordó el inicio del deslinde de la vía pecuaria «Cañada Real del Camino Viejo de Jaén», en el tramo que va desde el límite de términos con Mancha Real, hasta el cruce con el camino de acceso a la Laguna Grande, en el término municipal de Baeza, en la provincia de Jaén. La determinación de los límites físicos de la vía pecuaria contribuye a la planificación, ordenación y gestión del humedal «Laguna Grande» incluida en el Plan Andaluz de Humedales, aprobado por Resolución de 4 de noviembre de 2002, del Director General de la Red de Espacios Naturales Protegidos y Servicios Ambientales de la Consejería de Medio Ambiente.

La citada vía pecuaria está catalogada con prioridad 1 (Máxima) de acuerdo a lo establecido por el Plan de Recuperación y Ordenación de las Vías Pecuarias de Andalucía, aprobado por Acuerdo de 27 de marzo de 2001, del Consejo de Gobierno de Andalucía.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos a los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 16 de septiembre de 2008, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 181, de fecha 6 de agosto de 2008.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, esta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 289, de fecha 17 de diciembre 2008.

A la fase de operaciones materiales y en el trámite de exposición pública no se presentaron alegaciones.

Quinto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 18 de noviembre de 2009.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Dirección General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Naturales la Resolución del presente procedimiento administrativo de deslinde, en virtud de lo preceptuado en el Decreto 194/2008, de 6 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, y en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria «Cañada Real del Camino Viejo de Jaén», ubicada en el término municipal de Baeza, en la provincia de Jaén, fue clasificada por la citada Orden, siendo esta clasificación, conforme al artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias y el artículo 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía, «... el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria...», debiendo por tanto el deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación.

Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada, que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable.

Vistos, la Propuesta favorable al Deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén, de fecha 15 de mayo de 2009, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de fecha de 18 de noviembre de 2009.

RESUELVO

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada «Cañada Real del Camino Viejo de Jaén», en el tramo que va desde el límite de términos con Mancha Real, hasta el cruce con el camino de acceso a la Laguna Grande, en el término municipal de Baeza, en la provincia de Jaén, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Jaén, a tenor de los datos, en función de la descripción y a las coordenadas que a continuación se detallan:

- Longitud deslindada: 1.138,31 metros lineales.

- Anchura: 75,22 metros lineales.

Descripción. Finca rústica, de dominio público según establece la Ley 3/95, de Vías Pecuarias, y el Decreto 155/98, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinada a los fines y usos que estas normas estipulan, situada en el término municipal de Baeza, provincia de Jaén, de forma alargada con una anchura de 75,22 metros, la longitud deslindada es de 1.138,31 metros, la superficie deslindada de 85.401,10 m2, conocida como «Cañada Real del Camino Viejo de Jaén», tramo que va desde el límite de términos con Mancha Real, hasta el cruce con el camino de acceso a la Laguna Grande, que según la orientación predominante de la vía pecuaria linda al:

- Al Norte o izquierda:

Colindancia Titular Pol/Parc
- * CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL GUADALQUIVIR-MINISTERIO DE OBRA 1/9002
1 CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL GUADALQUIVIR-MINISTERIO DE OBRA 45/9008
2 ILOROPE AGRICOLA SL 45/143
3 CA ANDALUCIA C OBRAS PUBLICAS Y T 45/9006
4 BARBERO PERALES PEDRO MANUEL 45/141
6 ANGUIS CRUZ ANTONIO 45/184
8 ANGUIS CRUZ ANTONIO 45/183
5 ANGUIS CRUZ ANTONIO 45/182
7 ANGUIS CRUZ ANTONIO 45/180
12 45/181
9 AYTO BAEZA 45/9005
11 JODAR SERRANO JOSE 45/15
- Al Este o final:
Colindancia Titular Pol/Parc
7 ANGUIS CRUZ ANTONIO 45/180
9 AYTO BAEZA 45/9005
11 JODAR SERRANO JOSE 45/15
MAS DE LA MISMA VÍA PECUARIA
- Al Sur o derecha:
Colindancia Titular Pol/Parc
- * CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL GUADALQUIVIR-MINISTERIO DE OBRA 2/9002
1 CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL GUADALQUIVIR-MINISTERIO DE OBRA 45/9008
2 ILOROPE AGRICOLA SL 45/143
3 CA ANDALUCIA C OBRAS PUBLICAS Y T 45/9006
4 BARBERO PERALES PEDRO MANUEL 45/141
6 ANGUIS CRUZ ANTONIO 45/184
8 ANGUIS CRUZ ANTONIO 45/183
5 ANGUIS CRUZ ANTONIO 45/182
10 AYTO BAEZA 45/9009
12 ANGUIS CRUZ RAMON 45/181
10 AYTO BAEZA 45/9009
7 ANGUIS CRUZ ANTONIO 45/180
- Al Oeste o inicio:
Colindancia Titular Pol/Parc
CAÑADA DE LA MANGA DE LA PILETA
- * CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL GUADALQUIVIR-MINISTERIO DE OBRA 1/9002
- * CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL GUADALQUIVIR-MINISTERIO DE OBRA 2/9002
Nota: * = Termino Municipal de Mancha Real.
Relación de coordenadas U.T.M. de la vía pecuaria «Cañada Real del Camino Viejo de Jaén», en el tramo que va desde el límite de términos con Mancha Real, hasta el cruce con el camino de acceso a la Laguna Grande, en el término municipal de Baeza, en la provincia de Jaén
Puntos que delimitan la línea base derecha
Punto nº Coordenada X Coordenada Y
1D 449679,779 4198527,551
2D 449708,155 4198542,723
3D 449820,380 4198585,146
4D 449834,265 4198589,246
5D1 449936,662 4198584,335
5D2 449944,788 4198584,385
5D3 449952,861 4198585,311
5D4 449960,788 4198587,102
6D1 450368,532 4198702,733
6D2 450376,519 4198705,491
6D3 450384,146 4198709,128
6D4 450391,317 4198713,597
6D5 450397,941 4198718,842
7D 450654,691 4198946,715
8D 450678,412 4198951,142
Puntos que delimitan la línea base izquierda
Punto nº Coordenada X Coordenada Y
1I 449629,832 4198586,143
2I 449676,993 4198611,358
3I 449796,396 4198656,494
4I1 449812,960 4198661,386
4I2 449821,134 4198663,311
4I3 449829,472 4198664,313
4I4 449837,869 4198664,380
5I 449940,265 4198659,469
6I 450348,010 4198775,099
7I1 450604,760 4199002,973
7I2 450611,132 4199008,039
7I3 450618,014 4199012,387
7I4 450625,325 4199015,966
7I5 450632,981 4199018,733
7I6 450640,890 4199020,658
8I 450664,612 4199025,085
Puntos que definen el eje de la vía pecuaria
Punto nº Coordenada X Coordenada Y
1E 449658,702 4198558,930
2E 449692,574 4198577,040
3E 449808,388 4198620,820
4E1 449823,613 4198625,316
4E2 449827,700 4198626,279
4E3 449831,869 4198626,780
4E4 449836,067 4198626,813
5E1 449938,464 4198621,902
5E2 449942,527 4198621,927
5E3 449946,563 4198622,390
5E4 449950,526 4198623,286
6E1 450358,271 4198738,916
6E2 450362,265 4198740,295
6E3 450366,078 4198742,114
6E4 450369,664 4198744,348
6E5 450372,976 4198746,970
7E1 450629,726 4198974,843
7E2 450632,912 4198977,377
7E3 450636,352 4198979,551
7E4 450640,008 4198981,340
7E5 450643,836 4198982,724
7E6 450647,791 4198983,686
8E 450671,512 4198988,113
Puntos que definen el contorno de la vía pecuaria
Punto nº Coordenada X Coordenada Y
1C 449630,350 4198585,540
2C 449631,030 4198584,750
3C 449631,700 4198583,970
4C 449632,530 4198583,190
5C 449633,370 4198582,410
6C 449634,190 4198581,790
7C 449635,340 4198581,180
8C 449636,480 4198580,900
9C 449637,470 4198580,440
10C 449637,970 4198579,810
11C 449638,660 4198578,710
12C 449639,330 4198577,920
13C 449640,000 4198577,140
14C 449640,830 4198576,520
15C 449641,660 4198575,900
16C 449642,640 4198575,450
17C 449643,780 4198575,000
18C 449644,940 4198574,400
19C 449646,090 4198573,790
20C 449646,910 4198573,170
21C 449647,910 4198572,390
22C 449648,740 4198571,620
23C 449649,740 4198570,840
24C 449650,740 4198569,910
25C 449651,560 4198569,290
26C 449652,390 4198568,670
27C 449653,060 4198567,880
28C 449653,750 4198566,780
29C 449654,260 4198565,820
30C 449654,620 4198564,870
31C 449655,130 4198563,920
32C 449655,810 4198563,130
33C 449656,320 4198562,180
34C 449657,879 4198559,971
35C 449660,870 4198556,190
36C 449664,610 4198550,500
37C 449666,960 4198547,670
38C 449667,640 4198546,720
39C 449668,310 4198545,940
40C 449668,990 4198544,990
41C 449669,660 4198544,210
42C 449670,330 4198543,420
43C 449670,690 4198542,460
44C 449671,040 4198541,510
45C 449671,400 4198540,550
46C 449671,930 4198539,110
47C 449672,440 4198538,160
48C 449672,970 4198537,050
49C 449673,480 4198536,100
50C 449673,840 4198535,140
51C 449674,530 4198533,870
52C 449675,200 4198532,930
53C 449675,870 4198532,140
54C 449676,710 4198531,360
55C 449677,710 4198530,260
56C 449678,390 4198529,320
57C 449679,070 4198528,210

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Actuación cofinanciada por Fondos Europeos

Sevilla, 3 de diciembre de 2009.- La Directora General, Rocío Espinosa de la Torre.

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