Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 12/02/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 27 de enero de 2009, de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se ordena la ejecución y publicación de la Sentencia de 29 de junio de 2006, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Jaén, por la que se estima el recurso interpuesto por CSI-CSIF contra Resolución por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la provincia de Jaén.

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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de los de Jaén dictó Sentencia de 29 de junio de 2006, Autos 218/06, estimando el recurso de CSI-CSIF contra Resolución de esta Delegación Provincial, de 20 de enero de 2006 (BOJA núm. 25, de 7 de febrero de 2006), por la que se convocaba concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la provincia de Jaén, entre funcionarios de la Junta de Andalucía, y en concreto, contra el Anexo III de las bases reguladoras del concurso, base octava, baremo aplicable, A) 2. antigüedad, por estimar que esta no se ajustaba a derecho. Esta Sentencia ha sido confirmada en apelación ente el TSJA mediante Sentencia 548/2008, de 1 de diciembre de 2008.

Mediante Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública, de fecha 4 de noviembre de 2008, se delegó en los/as Delegados/as Provinciales de la misma disponer el cumplimiento y, en su caso, la publicación en el BOJA de las resoluciones y sentencias dictadas por los Tribunales y Juzgados en que sea parte la Consejería, y que le correspondan por su ámbito provincial, como es el caso que nos ocupa, dado que en la actualidad la convocatoria y gestión de los concursos de ámbito provincial de provisión de vacantes es responsabilidad de esta Delegación.

Siendo firme el fallo, por escrito de 12 de enero de 2009 se ha ordenado su ejecución por el Juzgado y en observancia de lo dispuesto en el art. 118 de la CE, así como en los arts. 72.2 y 103 y siguientes de la LRJCA (Ley 29/98, de 13 de julio), corresponde llevar a debido efecto lo dispuesto en el mismo mediante la práctica de todas cuantas actuaciones resultaren necesarias.

Por cuanto antecede,

RESUELVO

Dar cumplimiento al fallo judicial y, siendo indeterminado el colectivo de personas afectadas, disponer la publicación del mismo en el BOJA, cuyo tenor literal es el siguiente:

«Que estimando la demanda de recurso contencioso-administrativo interpuesta por CSI-CSIF contra la Resolución de 20 de enero de 2006, de la Delegación Provincial de la Consejería de Justicia y Administración Pública de Jaén, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la provincia de Jaén, publicada en el BOJA número 25, de 7 de febrero de 2006, en cuanto computa a efectos de antigüedad los servicios reconocidos que se hubieran prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario dejándose sin efecto la señalada previsión de la resolución citada, condenando a la Administración demandada a estar y pasar por esta declaración.»

Jaén, 27 de enero de 2009.- La Delegada, M.ª Luisa Gómez Romero.

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