Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 16/02/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 27 de enero de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Huelva, dimanante de Procedimiento Verbal núm. 651/2008. (PD. 357/2009).

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NIG: 2104142C20080003861.

Procedimiento: J. Verbal (N) 651/2008. Negociado: FR.

Sobre: Reclamación Cantidad.

De: Multicostaluz, S.L.L.

Procuradora: Sra. Esther Agudo Álvarez.

Letrada: Sra. M.ª José Millán Cruzado.

Contra: Don Claudio Nieto Gallardo.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento J. Verbal (N) 651/2008 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Huelva a instancia de Multicostaluz, S.L.L., contra Claudio Nieto Gallardo sobre Reclamación Cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia

En Huelva, a diecinueve de junio de dos mil ocho.

Vistos por mí, don Enrique Clavero Barranquero, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de esta Ciudad, los presentes Autos de Juicio Verbal registrados con el número 651 de 2008, cuyo objeto ha versado sobre reclamación de cantidad, y seguidos entre partes, de una y como demandante, «Multicostaluz S.L.L.», representada por la Procuradora doña Esther Agudo Álvarez y asistida por la Letrada Sra. Millán Cruzado, y de otra, y como parte demandada, don Claudio Nieto Gallardo (NIF núm. 45.650.595-B), declarado en situación procesal de rebeldía.

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por «Multicostaluz, S.L.L.» y, en consecuencia, por las razones expresadas en la precedente Fundamentación Jurídica debo condenar y condeno a don Claudio Nieto Gallardo (NIF núm. 45.650.595-B) a abonar a la actora la cantidad de mil quinientos treinta y ocho euros con cuarenta y siete céntimos de euro (1.538,47 euros), más intereses legales devengados por la misma desde el día 14 de febrero de 2008, con imposición expresa al demandado de las costas procesales devengadas.

Incorpórese esta Sentencia al Libro de los de su clase. Líbrese testimonio de la misma para constancia en los autos de referencia. Notifíquese a las partes advirtiéndoles que la misma no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación que habrá de prepararse, por escrito y ante este Juzgado, en el término de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Así por esta mi Sentencia definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

E//.

Publicación: Dada, leída y publicada fue la anterior resolución por el Sr. Juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, de lo que yo, el Secretario, doy fe, en Huelva a fecha anterior.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Claudio Nieto Gallardo, extiendo y firmo la presente en Huelva a veintisiete de enero de dos mil nueve.- El/La Secretario.

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