Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 16/02/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 8 de julio de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Once de Málaga, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 59/2006. (PD. 350/2009).

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NIG: 2906742C20060001241.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 59/2006. Negociado: A.

De: Doña M.ª Blanca Escribano Félez, don Ramón Escribano Félez, doña María Blanca Félez Martínez Barranco y don Fernando Escribano Félez

Procurador: Sr. Torres Ojeda, Pablo.

Contra: Don Mariano Azzaro Sinigaglia, don Simón Cohen Levy y don Salvador Azzaro Sinigaglia.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIficACIóN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 59/2006 seguido en el Juzg. de Primera Instancia núm. Once de Málaga a instancia de M.ª Blanca Escribano Félez, Ramón Escribano Félez, María Blanca Félez Martínez Barranco y Fernando Escribano Félez contra Mariano Azzaro Sinigaglia, Simón Cohen Levy y Salvador Azzaro Sinigaglia, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Núm. 149/08

En Málaga, a treinta de abril de dos mil ocho, han sido vistos por el limo. Sr. don Eusebio Aparicio Auñón, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Once de esta Capital, los autos de juicio ordinario 59/06, promovidos por doña Blanca Félez Martínez Barranco y sus hijos doña Blanca, don Ramón y don Femando Escribano Félez, contra don Mariano y don Salvador Azzaro Sinigaglia y don Simón Cohen Levy, con los siguientes

FALLO

Que estimando la demanda formulada por doña Blanca Félez Martínez Barranco y sus hijos doña Blanca, don Ramón y don Fernando Escribano Félez, debo condenar y condeno a los demandados don Mariano Azzaro Sinigaglia, don Salvador Azzaro Sinigaglia y don Simón Cohén Levy a elevar a escritura pública el contrato privado de compraventa de 26 de junio de 1966 obrante en autos, cuyo otorgamiento habrá de hacerse a favor de los hoy actores, como sucesores y herederos del comprador fallecido.

Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de los demandados, Mariano Azzaro Sinigaglia, Simón Cohén Levy y Salvador Azzaro Sinigaglia, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Málaga, ocho de julio de dos mil ocho.- El Secretario.

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