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Tras la Resolución de 23 de julio de 2007, por la que se proclamó el concurso minero desierto y se declararon los terrenos francos y registrables, y vistos los preceptos citados y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, y el artículo 73 del Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para la Minería, declara dichos terrenos francos y registrables, pudiendo ser solicitados después de transcurridos ocho días desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Granada, 4 de febrero de 2009.- El Delegado, Francisco Cuenca Rodríguez.
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