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De conformidad con lo establecido en la disposición adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto,
RESUELVO
Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Tarifa 1
Bajada de bandera 1,35 euros
Por kilómetro recorrido 0,70 euros
Hora de espera 18,22 euros
Carrera mínima 3,19 euros
Tarifa 2
Bajada de bandera 1,57 euros
Por kilómetro recorrido 0,88 euros
Hora de espera 21,88 euros
Carrera mínima 3,88 euros
La tarifa 2 se aplicará en los servicios realizados:
- En sábados, domingos y días festivos de 0,00 a 24,00 horas.
- Servicios nocturnos en días laborables de 21,00 a 06,00 horas.
- Lunes, Martes y Miércoles de Semana Santa de 14,00 a 6,00 horas
- En Fiestas Colombinas de 0,00 a 24,00 horas, y se cobrará un 25% más sobre la tarifa 2 desde las 22,00 hasta las 7,00 horas.
- En fiestas de Nuestra Señora de la Cinta, de 14,00 a 6,00 horas.
- Los días 24 y 31 de diciembre de 14,00 a 22,00 horas, y se cobrará un 25% más sobre la tarifa 2 desde las 22,00 hasta las 7,00 horas.
Suplementos:
- Por cada maleta o bulto de más de 60 cm 0,44 euros
- Por servicio viernes, sábado y vísperas de
festivos desde las 0,00 hasta las 6,00 horas,
(excluida del 25% de Fiestas Colombinas y
días 24 y 31 de diciembre) 1,20 euros
Retornos:
- Desde Polígono Naviluz, hasta Polígono
San Diego
Desde C/ Calderón de la Barca hasta
Fertiberia Sulfúricos
Desde La Ciudad de los Niños hasta
Muebles Cabrera 0,79 euros
- Desde Club Náutico hasta Punta del Sebo.
Polígono Fortiz. 1,78 euros
Esta Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de esta Consejería en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 19 de febrero de 2009.- La Viceconsejera, Carmen Martínez Aguayo.
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