Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 51 de 16/03/2009

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Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Notificación de 12 de febrero de 2009, de la Delegación Provincial de Sevilla, de la Resolución de 27 de noviembre de 2008, dictada en los expedientes que se citan, sobre protección de menores, por la que se acuerda el desamparo y acogimiento permanente del menor que se relaciona.

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Expte.: 352/1997/114-1.

352/2003/971-1.

Nombre y apellidos: Don José M. Bernal González.

Contenido del acto: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que intentada la notificación de este acto a los posibles ineresdos, ésta no ha podido practicarse al ser desconocido su paradero, se publica extracto del mismo, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes a los menores afectados. Para conocimiento del contenido íntegro del acuerdo dictado podrán los interesados comparecer en la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social en Sevilla, sita en C/ Federico García Lorca, 3.

El Delegado Provincial para la Igualdad y Bienestar Social de Sevilla, de conformidad con lo dispuesto en el art. 22.1 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del Régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa (BOJA núm. 20, de 16 de febrero de 2002), ha acordado resolver el procedimiento de desamparo y acogimiento permanente en el expediente de protección de los menores 352-1997-41-0114-1 y 352-2003-41-0971-1 con respecto a los menores D.B.H. y Y.B.H., siendo instructor del procedimiento la Jefa del Servicio de Protección de Menores de esta Delegación, lo que se notifica a los efectos legales oportunos, haciéndose saber que de conformidad con lo establecido en el art. 24 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, disponen de un plazo de tres meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo para formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Sevilla, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el art. 789.

Sevilla, 12 de febrero de 2009.- El Delegado, Manuel A. Gálvez Rodríguez.

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