Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 25/03/2009

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Anuncio de 19 de febrero de 2009, de la Delegación Provincial de Huelva, por el que se somete a información pública la declaración de utilidad pública, autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de las instalaciones correspondientes al proyecto «Red APA Posición A-9.3 a Cartaya», en el término municipal de Cartaya, en la provincia de Huelva (Expte. núm. 225–GN). (PP. 522/2009).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 104.2 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos y en el artículo 78 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural y en los artículos 17.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, y 56 de su Reglamento, se somete a información pública el proyecto de instalación y la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se detallan a continuación:

- Peticionario: Gas Natural Andalucía, S.A., con domicilio en Avenida América, núm. 38, Madrid, C.P. 28028.

- Objeto de la petición: Declaración de utilidad pública, autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución de las instalaciones correspondientes al proyecto «Red APA Posición A-9.3 a Cartaya», emplazada en el término municipal de Cartaya, en la provincia de Huelva.

- Descripción de las instalaciones: Red APA con tuberías s/UNE-EN 10802-2 de diámetro 6” y 16 bar de presión que tiene su inicio en la Posición A-9.3 del Gasoducto de transporte secundario Huelva-Ayamonte y finaliza al noroeste del casco urbano de Cartaya.

- Instalaciones auxiliares: Armario de Regulación y Medida 16/5 bar y caudal 5000 m³(n)/h con sus correspondientes válvulas de entrada y salida.

- Tubería: De acero al carbono s/UNE-EN 10802-2 de diámetro 6” y 16 bar de presión, dotada de revestimiento interno y externo y protección catódica. Presión de diseño: 16 bar relativos, para un caudal de 5000 m³(n)/h.

- Longitud: 1.043 metros, que discurrirán por el término Cartaya.

- Presupuesto en euros: 186.410,00.

El proyecto incluye planos parcelarios y la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados.

La afección a fincas particulares derivada de la construcción de las instalaciones se concreta en la siguiente forma:

Uno. Expropiación forzosa en pleno dominio de los terrenos sobre los que se han de construir los elementos de instalación fija en superficie.

Dos. Para las canalizaciones.

A. Imposición de servidumbre permanente de paso, en una franja de terreno de tres (3) metros, uno y medio (1,5) a cada lado del eje, a lo largo del ramal, por donde discurrirá enterrada la tubería y cables de telecomunicación y telemando que se requieran para la conducción del gas, y que estará sujeta a las siguientes limitaciones:

1. Prohibición de efectuar trabajos de arada, cava o similares a una profundidad superior a cincuenta (50) centímetros, así como de plantar árboles o arbustos de tallo alto.

2. Prohibición de realizar cualquier tipo de obras o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones, a una distancia inferior a cinco (5) metros del eje del trazado, a uno y otro lado del mismo. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que, en cada caso, fije el Órgano competente de la Administración.

3. Libre acceso del personal y equipos necesarios para la vigilancia y para mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

4. Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.

5. Obligación de informar al titular de la canalización de gas del alcance de cualquier obra de excavación o construcción que se pretenda realizar en el futuro, fuera de la franja de servidumbre pero dentro de la zona de seguridad definida en la Norma UNE 60-305-83, a distancia al eje de la tubería inferior a cinco (5) metros, para la determinación y el establecimiento de las precauciones o medidas de seguridad convenientes que preserven de posibles riesgos a la conducción de gas.

B. Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, de la franja que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación. En esta zona se hará desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando los trabajos u operaciones precisas a dichos fines.

Tres. Para el paso de los cables de líneas, equipos de telecomunicación y elementos dispersores de protección catódica:

A. Imposición de servidumbre permanente de paso en una franja de terreno de un (1) metro de ancho, por donde discurrirán enterrados los cables de conexión. Para los lechos dispersores de la protección catódica, la franja de terreno, donde se establece la imposición de servidumbre permanente de paso, tendrá como anchura, la correspondiente a la de la instalación más un (1) metro a cada lado. Esta franja estará sujeta a las siguientes limitaciones:

1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta (50) centímetros, así como a plantar árboles o arbustos y realizar cualquier tipo de obras, construcción o edificación a una distancia inferior a un metro y medio (1,5), a cada lado del cable de conexión o del límite de la instalación enterrada de los lechos dispersores, pudiendo ejercer el derecho a talar o arrancar los árboles o arbustos que hubiera a distancia inferior a la indicada.

2. Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

B. Ocupación temporal, como necesidad derivada de la ejecución de las obras, de la zona que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación y en la que se hará desaparecer todo obstáculo, así como realizar las obras necesarias para el tendido y montaje de las instalaciones y elementos anexos, ejecutando las obras u operaciones precisas a dichos fines.

Cuatro. Para las líneas eléctricas de media tensión.

A. Imposición de servidumbre permanente de paso en una franja de terreno de un (1) metro a cada lado del eje de la línea, y en todo su trazado, que implicará:

1. Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

B. Servidumbre permanente de vuelo en una franja de quince (15) metros, centrada con el eje de la línea, en la que se establecen:

1. Prohibición de levantar edificaciones o construcciones de cualquier tipo; ni efectuar acto alguno que pueda dañar el funcionamiento de la línea, a una distancia inferior a siete metros y medio (7,5) del eje de la línea de postes del tendido.

2. Prohibición de plantar árboles con altura máxima superior a cuatro (4) metros, a una distancia inferior a tres (3) metros del eje de la línea de postes del tendido.

3. Ocupación temporal de la superficie que se determina para cada finca en los planos parcelarios, para realizar las obras necesarias.

Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de terrenos y demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya relación se inserta al final de este anuncio, para que pueda ser examinado el expediente en esta Delegación Provincial, sita en Huelva, Avenida Manuel Siurot, 4. C.P.: 21004, y presentar por triplicado, en este centro, las alegaciones que consideren oportunas en el plazo de veinte días a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio.

Huelva, 19 de febrero de 2009.- La Delegada, Manuela Adelaida de Paz Báñez.

Anexo con la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados
Finca núm. Titular y domicilio AFECCIONES CATASTRO Naturaleza
Serv. m.l. Serv. m² O.T. m² Políg. Parc.
Localidad: Cartaya (Huelva)
H-CA-100 Ayuntamiento de Cartaya. Pza. Redonda, 1. 21450
Cartaya (Huelva)
2 6 46 34 63 pastos
H-CA-101 Adif. Mantenimiento de Infraestructuras Líneas Convencionales. Gerencia Eje Sur. Avda. Kansas City, s/n. 41007 Sevilla 253 759 1.163 34 9002 vía verde
H-CA-102 Ayuntamiento de Cartaya. Pza. Redonda, 1. 21450
Cartaya (Huelva)
12 36 48 38 9012 vial
H-CA-103 Adif. Mantenimiento de Infraestructuras Líneas Convencionales. Gerencia Eje Sur. Avda. Kansas City, s/n. 41007 Sevilla 704 2.112 2.552 38 9007 vía verde
H-CA-104 Adif. Mantenimiento de Infraestructuras Líneas Convencionales. 76 228 937 38 9007 vía verde y vial
Gerencia Eje Sur. Avda. Kansas City, s/n. 41007 Sevilla.
Ayuntamiento de Cartaya. Pza. Redonda, 1. 21450 Cartaya
Instalaciones Auxiliares
Abreviaturas utilizadas:PO=Posición.
Finca núm. Titular y domicilio AFECCIONES CATASTRO Naturaleza
Serv. m.l. Serv. m² O.T. m² Exp. m² Polig. Parc.
Localidad: Cartaya (Huelva)
H-CA-104 PO Adif.- Mantenimiento de Infraestructuras Líneas 0 0 0 20 38 9007 vía verde y vial
Convencionales.- Gerencia Eje Sur. Avda. Kansas City,
s/n. 41007 Sevilla. Ayuntamiento de Cartaya. Pza.
Redonda, 1. 21450 Cartaya (Huelva)
Descargar PDF