Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 62 de 31/03/2009

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Consejería de Gobernación

Anuncio de 16 de marzo de 2009, de la Delegación del Gobierno de Jaén, Servicio de Administración Local, por el que se requiere la subsanación de solicitudes presentadas en el procedimiento de concesión de subvenciones convocadas para el ejercicio de 2009 por la Orden de 23 de diciembre de 2008 (Entidades Locales).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Al amparo del artículo 14 de la Orden de 12 de diciembre de 2006, por la que se regulan las subvenciones para las Entidades Locales Andaluzas que con cargo al Plan de Cooperación Municipal concede la Consejería de Gobernación, este Servicio hace público:

Primero. Que en aplicación del artículo 7 de la Orden de 12 de diciembre de 2006, por la que se regulan las subvenciones para Entidades Locales Andaluzas que con cargo al Plan de Cooperación Municipal concede la Consejería de Gobernación, así como del 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 11.4 del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, tras revisar las solicitudes presentadas y comprobar que en algunas no se aportan los correspondientes anexos exigidos en la Orden de convocatoria para cada línea de subvención, o que estos no han sido debidamente cumplimentados por la entidades solicitantes, procede requerir a los interesados que figuran en el Anexo para que subsanen las faltas o deficiencias que en el mismo se indican para cada solicitante.

Segundo. El contenido íntegro del requerimiento está expuesto en el tablón de anuncios de la página web de la Consejería de Gobernación: www.juntadeandalucia.es/gobernacion.

Tercero. El plazo para efectuar la subsanación es de diez días hábiles, desde el siguiente a la publicación de un extracto de este acto administrativo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Se advierte a los interesados que, de no subsanarse dentro del plazo concedido, se procederá a adoptar la correspondiente Resolución declarando el archivo de las solicitudes o de las peticiones no subsanadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden.

Jaén, 16 de marzo de 2009.- El Jefe del Servicio, Eloy Tobaruela Quesada.

Descargar PDF