Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 17/04/2009

4. Administración de justicia

Audiencias Provinciales

Edicto de 9 de marzo de 2009, de la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección Quinta, dimanante de Autos núm. 4694/08. (PD. 1009/2009).

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Don Leopoldo Roda Orue, Secretario de la Sección Quinta de la Iltma. Audiencia Provincial de Sevilla.

CERTIFICO. Que en el Rollo seguido en esta Sección con el núm. 4694/08 se ha dictado Sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor siguiente:

Sentencia Iltmos. Sres. Márquez Romero, Herrera Tagua, Conrado Correa. « En Sevilla, a 28 de enero de 2009.

Vistos por la Sección Quinta de esta Iltma Audiencia Provincial los autos de J. Ordinario núm. 434/05, procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Coria del Río, promovidos por don Marco Antonio Infante López, doña Emilia García Domínguez, don Antonio Muñoz Bizcocho, doña Pilar Romero Muñoz, doña María Dolores Romero Blanco, don Juan Manuel Jiménez Salgado, doña Rosa María Quintero Peña, don Santiago Valera Valera, don Isabelo López Barco, doña Inmaculada Pichardo Dieguez, don Raúl Luque Gutiérrez, doña María González López, don Francisco Luís Velasco Reina, doña María José Corchado Rodríguez, doña Josefa Fernández Andrés, don José Antonio Sánchez Bizcocho, doña Eva María Martín Casado, doña Sonia Losas Sánchez, don Ángel Pina Delgado y doña Raquel Ferrero Romero representados por la Procuradora doña Inmaculada Rodríguez-Nogueras Martín contra la entidad Desarrollo Inmobiliario Soto, S.L., representada por la Procuradora doña Manuela Ortega Díaz, don Luis Mata Estévez representado por la Procuradora doña Marta Muñoz Martínez y don Francisco Domínguez Montero representado por la Procuradora doña Reyes Gutiérrez de Rueda García; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por el codemandado don Luis Mata Estévez contra la Sentencia en los mismos dictada con fecha 15 de octubre de 2007, que igualmente ha sido impugnada por don Francisco Domínguez Montero.»

«Que estimando parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora doña Marta Muñoz Martínez en nombre y representación de don Luis Mata Estévez y desestimando íntegramente el formulado por la Procuradora doña Reyes Gutiérrez de Rueda García en nombre y representación de don Francisco Domínguez Montero contra la Sentencia dictada por el llmo. Sr. Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Coria del Río, con fecha 15 de octubre de 2007 en el Juicio Ordinario núm. 434/05, la debemos revocar y revocamos parcialmente, en el sentido de que no procede condenar al Sr. Mata Estévez por la ausencia de preinstalación de aire acondicionado por importe de 159,76 euros, por cada vivienda, y por los defectos que presenta la fachada fijados, en conjunto, en 15.833,58 euros, confirmándola en los demás pronunciamientos que se opongan a la presente, sin declaración sobre las costas de esta alzada, respecto del recurso del Sr. Mata, y con imposición al Sr. Domínguez Mantero de las costas de su recurso.»

Lo inserto concuerda con su original al que me remito. Y para que conste y sirva de notificación en forma al demandado rebelde Entidad Desarrollo Inmobiliario Soto, S.L., expido el presente en Sevilla a 9 de marzo de 2009.-

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