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Advertida errata en la disposición de referencia, a continuación se procede a su publicación:
En la página 8 columna de la derecha donde dice:
«2. Los gastos de los subapartados a), b) y c) sólo serán incentivables para los proyectos de creación. Los gastos de los subapartados f) y g) serán los correspondientes a los primeros seis meses desde el inicio de la actividad.»
Debe decir:
«2. Los gastos de los subapartados f), g) y h) sólo serán incentivables para los proyectos de creación. Los gastos de los subapartados g) y h) serán los correspondientes a los primeros seis meses desde el inicio de la actividad.»
Sevilla, 14 de abril de 2009
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