Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 07/05/2009

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Hacienda

Resolución de 30 de abril de 2009, de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública, por la que se concretan determinadas condiciones de la emisión de Deuda Pública anotada de la Junta de Andalucía, por importe de 605.000.000 euros, autorizada mediante el Decreto 79/2009, de 14 de abril.

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El Decreto 79/2009, de 14 de abril, autoriza la puesta en circulación de una o varias emisiones de Deuda Pública de la Junta de Andalucía, o la concertación de operaciones de endeudamiento, cualquiera que sea la forma como se documenten, tanto en operaciones en el interior como en el exterior, por un importe máximo equivalente a ochocientos setenta y cinco millones doscientos trece mil novecientos ochenta y siete euros.

El artículo 2 del citado Decreto contempla como modalidad de emisión la ampliación del Programa de Emisión de Bonos y Obligaciones de la Junta de Andalucía, utilizándose los procedimientos de emisión previstos en la Orden de 2 agosto de 2001, por la que se regula el citado Programa, donde se establece en su artículo 5 la posibilidad de realizar emisiones a medida de Deuda Pública entre el grupo de Creadores de Mercado de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo dispuesto para este procedimiento en el Capítulo III de dicha Orden.

Así mismo, la Disposición adicional primera del Decreto antes mencionado autoriza a la persona titular de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública, de conformidad con las condiciones y características establecidas en el mismo y en la restante normativa que le sea de aplicación, a determinar el instrumento y modalidad concreta para canalizar las emisiones de deuda, así como para concretar sus condiciones financieras.

Por tanto, con cargo al Decreto 79/2009, de 14 de abril, se ha estimado oportuno llevar a cabo una emisión entre Creadores de Mercado de la Junta de Andalucía, por importe de 605.000.000 de euros, al amparo del Programa de Emisión de Bonos y Obligaciones, de conformidad con las condiciones y características fundamentales que se fijan en el mismo y en la Orden de 2 de agosto de 2001.

Por todo ello, en virtud de dichas autorizaciones, esta Dirección General

R E S U E L V E

1. Llevar a cabo una emisión de Deuda Pública por importe de 605.000.000 de euros, dentro del Programa de Emisión de Bonos y Obligaciones de la Junta de Andalucía, en virtud de las autorizaciones contenidas en el Decreto 79/2009, de 14 de abril, y de acuerdo con lo previsto en la Orden de 2 de agosto de 2001.

2. Para ello se pone nuevamente en circulación la anterior emisión de la Junta de Andalucía, cupón 4,75%, con vencimiento el 24 de enero de 2018. Esta referencia fue emitida por primera vez como obligación a 10 años en la emisión asegurada de Deuda Pública correspondiente al 18 de octubre de 2007, constituyendo la referencia a diez años para las subastas ordinarias realizadas desde entonces hasta noviembre de 2008. Actualmente, con una vida residual cercana a nueve años, restan 9 vencimientos de cupón hasta su amortización. Las Obligaciones que se emitan se agregarán a la citada emisión y tendrán la consideración de ampliación de aquélla, con la que se gestionará como una única emisión a partir de su puesta en circulación. En consecuencia, el tipo de interés nominal y las fechas de emisión, amortización y vencimiento de los nueve cupones que restan serán los mismos que se establecieron en la Orden de 18 de octubre de 2007, por la que se concretan determinadas condiciones de la emisión de Deuda Pública Anotada de la Junta de Andalucía, por importe de 250.000.000 de euros, acordada mediante Decreto 254/2007, de 2 de octubre.

3. Las características de la emisión son las que a continuación se indican:

a) Importe: 605.000.000 de euros.

b) Modalidad: Emisión de obligaciones de la Junta de Andalucía.

c) Precio neto de emisión: 94,248%.

d) Fecha de emisión y desembolso: 8 de mayo de 2009.

e) Cupón: 4,75% fijo anual. Se efectuará el pago del primer cupón, por su importe completo, el día 24 de enero de 2010.

f) Representaciones de los valores: Exclusiva en anotaciones en cuenta.

g) Precio de amortización: A la par, por el valor nominal.

h) Fecha de amortización: 24 de enero de 2018.

i) Segregabilidad: Las obligaciones que se emitan tendrán carácter segregable, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 254/2007, de 2 de octubre.

j) Liquidación y Compensación: IBERCLEAR.

Sevilla, 30 de abril de 2009.- El Director General, Luis Atienza Soldado.

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