Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 9 de 15/01/2009

1. Disposiciones generales

Consejería de La Presidencia

Resolución de 9 de enero de 2009, del Director de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se establece la puntuación mínima que han de alcanzar los proyectos de educación para el desarrollo para obtener una subvención en la convocatoria correspondiente al ejercicio 2009.

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La Orden de 27 de febrero de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo que realicen proyectos de educación para el desarrollo y convocatoria para el ejercicio 2008, dispone, en su artículo 6, que para obtener una subvención los proyectos deberán conseguir la puntuación mínima fijada por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional en cada ejercicio, tras su valoración conforme a la ponderación de los criterios que en el mismo se definen.

La Disposición Transitoria Única de la referida Orden de 27 de febrero de 2008, establece que, una vez constituida la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AACID), las competencias y responsabilidades atribuidas en ésta a la Consejería de la Presidencia y a la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional serán asumidas por la AACID en los términos previstos en su Ley de Creación y en sus Estatutos.

El artículo 16 de los Estatutos de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprobados por Decreto 1/2008, de 8 de enero, otorga a la persona titular de la Agencia la dirección inmediata y la gestión directa de las actividades de la misma.

En virtud de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Única de la referida Orden y en el artículo 16 de los Estatutos de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo,

RESUELVO

Establecer en 5,5 la puntuación mínima que han de alcanzar los proyectos de educación para el desarrollo para obtener una subvención, tras su valoración conforme a la ponderación de los criterios que se exponen en el artículo 6 de la Orden de 27 de febrero de 2008, para la convocatoria correspondiente al ejercicio 2009.

Sevilla, 9 de enero de 2009.- El Director, Joaquín Rivas Rubiales.

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