Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 19/05/2009

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Anuncio de 4 de mayo de 2009, de la Agencia de Puertos de Andalucía, por el que se dispone la notificación mediante publicación de extracto de la Resolución de procedimiento sancionador por infracción leve de la normativa portuaria.

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De conformidad con lo establecido en el artículo 113.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con los arts. 58, 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habiendo resultado frustrada la notificación a la entidad interesada que en el Anexo se relaciona, se procede a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de extracto de la Resolución, asimismo relacionada en el anexo, dictada por la Directora Gerente de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía en el procedimiento sancionador con referencia DAJ 340/2008 tramitado por incumplimiento de la normativa portuaria, Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía, indicando la sanción impuesta.

En relación a dicha resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, por la interesada, recurso de alzada ante la Consejería de Obras Públicas y Transportes en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía en relación con el artículo 115.1 de la misma Ley y los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que podrá presentar en la Consejería de Obras Públicas y Transportes o en la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, sin perjuicio de que puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

Transcurrido un mes desde el día siguiente al de la notificación de la presente Resolución, se procederá a comprobar el cumplimiento de la obligación de proceder a la inmediata reposición del dominio público portuario. En el supuesto en que se comprobase la permanencia de la ocupación, se apercibirá a Murgialdemar, S.L., compiliéndole a su cumplimiento con imposición de multas de 250,00 euros, que se repetirán cada mes, computados desde aquél en que se efectúe la primera comprobación, hasta la realización completa de la conducta debida, conforme a lo establecido en el artículo 94 de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía.

Sin en el plazo de tres meses no hubiera atendido dicha obligación, la Administración ejecutará la actuación subsidiariamente y a costa del obligado, en relación a lo que se le apercibirá en el momento de imponer la última multa coercitiva, según lo indicado anteriormente. En tal caso, se liquidará provisionalmente el gasto en que deba incurrir la Agencia Pública de Puertos de Andalucía y se notificará al interesado para su abono, siguiéndose la vía ejecutiva en supuesto de impago. Ello sin perjuicio de la devolución, en su caso, del importe que resulte de la liquidación definitiva o la exigencia de su completo hasta el total.

Las sanciones impuestas deberán abonarse en la entidad Unicaja 2103, Sucursal 1074, DC 18, núm. de cuenta 0230000011. La persona interesada podrá remitir a los Servicios Centrales de esta Agencia Pública Puertos de Andalucía, en Sevilla, C/ Virgen de Aguas Santas, 2, 41011, el justificante del ingreso realizado, indicando la referencia «Expte. sancionador 340/2008».

La persona interesada podrá realizar el pago de la multa desde el día siguiente a la presente notificación. No obstante si no se hubiera pagado con anterioridad, una vez transcurrido el plazo de un mes indicado para la interposición de recurso, la sanción impuesta deberá abonarse, en todo caso, dentro de los quince días siguientes, exigiéndose en otro caso su importe por vía ejecutiva incrementado con los correspondientes recargos intereses legalmente previstos.

El importe de la sanción accesoria se ingresará en el mismo número de cuenta, y con las mismas referencias, dentro del plazo de un mes desde que le sea notificada su cuantía, lo cual se realizará una vez establecida la misma por referencia a la fecha en que se haya efectuado la total reposición del dominio público portuario, a cuyo efecto, si no la comunicara y acreditara la interesada Murgialdemar, S.L., se reputará como tal fecha, aquélla en que la entidad concesionaria o esta Agencia Pública de Puertos de Andalucía comprobase la efectiva reposición.

ANEXO

Expte: 340/2008.

Fecha Resolución: 9.3.09.

Interesado (NI) y municipio últ. domicilio: Murgialdemar, s.l., B-04476248, El Ejido (Almería).

Art. L 21/07. Infracción: 78.c.

Sanción: 3.000 €.

- Obligación de reponer el dominio público a su estado anterior.

- Multa accesoria 20.035,75 euros/año.

Sevilla, 4 de mayo de 2009.- La Directora Gerente, Montserrat Badía Belmonte.

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