Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 95 de 20/05/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 23 de abril de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Almería (antiguo Mixto núm. Diez), dimanante de procedimiento ordinario núm. 21/2008.

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NIG: 0401342C20080000421.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 21/2008. Negociado: CB.

De: Don Miguel Vela Gómez y doña María Josefa Rojas Fimias.

Procurador: Sr. Javier Romera Galindo.

Contra: Doña Susana Vela Rojas.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Salvador Díaz del Moral, Secretario del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Almería,

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Procedimiento Ordinario 21/08 a instancia de don Miguel Vela Gómez y doña María Josefa Rojas Fimias contra Susana Vela Rojas, sobre Privación Patria Potestad, en cuyos autos con fecha 24 de marzo de 2009, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

sentencia núm. 126/09

En Almería a veinticuatro de marzo de dos mil nueve.

En nombre de S.M. El Rey, pronuncia doña María del Pilar Luengo Puerta, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Seis de los de esta ciudad, en los autos de Juicio Declarativo Ordinario sobre Privación de Patria Potestad seguidos en el mismo, con el número 21/2008, a instancia de don Miguel Vela Gómez y doña María Josefa Rojas Fimias, representados por el Procurador Sr. Romera Galindo y asistido por el Letrado Sr. Sánchez González, contra doña Susana Vela Rojas, incomparecida en autos y declarada en situación de rebeldía procesal, con la intervención del Ministerio Fiscal, en los que ha recaído la presente resolución con los siguientes:

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Romera Galindo en nombre y representación procesal de don Miguel Vela Gómez y doña María Josefa Rojas Fimias frente a doña Susana Vela Rojas incomparecida en autos y declarada en situación de rebeldía procesal, con la intervención del Ministerio Público, sobre privación de patria potestad, debo declarar y declaro haber lugar a declarar la Privación de la patria potestad de la madre Sra. Vela Rojas respecto de su hijo R.V.R., nacido en Almería el día 30 de diciembre del año 2003, con los efectos inherentes a dicho pronunciamiento, atribuyéndose la custodia del mismo a los demandantes en tanto se proceda al nombramiento de tutor, desestimándose la petición de designación de tutor en la presente resolución.

Y todo ello sin hacer expresa condena respecto a las costas ocasionadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Firme que sea esta resolución remítase certificación al Registro Civil correspondiente a efectos de dejar constancia de la privación de la patria potestad.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Susana Vela Rojas, declarada en rebeldía y en paradero desconocido, extiendo y firmo la presente en Almería a veintitrés de abril de dos mil nueve.- El/La Secretario.

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