Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 97 de 22/05/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 5 de mayo de 2009, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de El Ejido, dimanante de Juicio de Faltas inmediato núm. 63/2008.

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Procedimiento: J. Faltas Inmediato 63/2008. Negociado:

NIG: 0490241P20082000474.

EDICTO

Don Francisco Javier Asensio Cañadas Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de El Ejido.

Doy fe y testimonio:

Que en el Juicio de Faltas núm. 63/2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia

En la Ciudad de El Ejido, a veintitrés de diciembre de dos mil ocho.

El Sr. don Manuel José Rey Bellot, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de esta Ciudad, ha visto y oído los presentes autos de Juicio Inmediato de Faltas, número 63 de 2008, seguidos en este Juzgado por supuesta falta de Hurto, compareciendo como denunciante Francisco Rodríguez Cano; y como denunciado Peter Sidor.

FALLO

En nombre de Su Majestad el Rey y por la autoridad que me confiere la Constitución de la Nación Española.

He decidido: Que debo condenar y condeno a Peter Sidor como autor responsable penal de dos faltas de falta de Hurto previstas y penadas en el artículo 623.1 del Código Penal vigente, a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de cuatro euros por cada una de ellas, debiendo pagar por ello el condenado la cantidad de ciento veinte euros (120 €), por cada una de tales multas; asimismo se condena a Peter Sidor al pago al representante legal del supermercado Mercadona sito en la calle Río Júcar de El Ejido, de la cantidad de doscientos cuarenta y nueve euros, con ochenta y cinco céntimos (249,85 €) en concepto de responsabilidad civil, imponiéndose al condenado el pago de las costas causadas en el presente proceso.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme e irrecurrible.

Así por la presente lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Sr. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública, y en el día de su fecha, de lo que doy fe.

Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a Peter Sidor, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, expido la presente en El Ejido a cinco de mayo de dos mil nueve.- El/La Secretario.

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