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Examinadas y resueltas las solicitudes de incentivos para la mejora de infraestructuras, equipamiento y funcionamiento, Sección 3.ª, Subsección 1.ª, Categoría a), Plan anual de actividades, de los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, presentadas al amparo de la Orden de 11 de diciembre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de Incentivos a los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento y se efectúa su convocatoria para el período 2008-2013 (BOJA núm. 4, de 5 de enero de 2008), esta Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología
RESUELVE
Primero. Hacer público un extracto de la Resolución de fecha 30 de noviembre de 2009, conforme al art. 25.6 de la Orden de 11 de diciembre de 2007, por la que se conceden incentivos para la mejora de infraestructuras, equipamiento y funcionamiento de los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento que figuran en el Anexo.
Segundo. El contenido íntegro de esta Resolución se encuentra publicado en el sitio web de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, ubicado en la siguiente dirección:http://www.juntadeandalucia.es/innovacioncienciayempresa, sustituyendo la publicación de este extracto de la Resolución a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos.
Tercero. El plazo para la interposición de los recursos procedentes comenzará a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
ANEXO
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE UNIVERSIDADES, INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA, POR LA QUE SE CONCEDEN INCENTIVOS PARA LA MEJORA DE INFRAESTRUCTURAS, EQUIPAMIENTO Y FUNCIONAMIENTO (modalidad PLAN ANUAL ) DE LOS AGENTES DEL SISTEMA ANDALUZ DEL CONOCIMIENTO
Las entidades que se relacionan fueron calificadas como Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, según lo previsto en la Orden de 11 de septiembre de 2006, por la que se establece la calificación de los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento y se crea el Registro Electrónico de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.
El procedimiento a seguir para la concesión de las ayudas públicas o subvenciones en régimen de concurrencia competitiva es el previsto en el artículo 9 del Reglamento; en el artícu-lo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 9 del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico.
El artículo 15, de la Orden de 11 de diciembre de 2007, prevé el procedimiento de concesión en dicho régimen de concurrencia competitiva de las ayudas acogidas a esta Orden, y el artículo 22 el funcionamiento de la Comisión de Selección Específica y los Criterios de Selección.
Vista la normativa anteriormente citada, esta Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,
DISPONE
Conceder los incentivos que se relacionan en el Anexo I de esta Resolución a las entidades incluidas en dicho Anexo, en la distribución y con cargo a las aplicaciones que se indican particularmente para cada una de las entidades beneficiarias, según el desglose individual de cada proyecto incentivado.
Considerar no incentivados los proyectos recogidos en el Anexo II, en función de la puntuación obtenida en los informes de valoración.
Sevilla, 30 de noviembre de 2009.- El Secretario General, Francisco Triguero Ruiz.
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