Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 100 de 25/05/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia

Resolución de 30 de abril de 2010, de la Secretaría General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, por la que se publica la Adenda al convenio marco bilateral de colaboración y financiación entre la Entidad Pública Empresarial Red.es y la Comunidad Autónoma de Andalucía para el desarrollo del Programa «Registro Civil en Línea» incluido en el Plan Avanza.

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La Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía y la Entidad Pública Empresarial Red.es, han suscrito con fecha 31 de diciembre de 2009 una Adenda al Convenio Marco Bilateral de colaboración y financiación para el desarrollo del Programa «Registro Civil en Línea», incluido en el Plan Avanza, por lo que en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del citado convenio, cuyo texto figura a continuación,

Sevilla, 30 de abril de 2010.- La Secretaria General, Pilar Rodríguez López.

ADENDA AL CONVENIO MARCO BILATERAL DE COLABORACIÓN Y FINANCIACIÓN ENTRE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA «REGISTRO CIVIL EN LÍNEA» INCLUIDO EN EL PLAN AVANZA

En Madrid, a 31 de diciembre de 2009

SE REUNEN

De una parte el Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, don Martín Soler Márquez, designado para dicho cargo por Decreto del Presidente 4/2009, de 23 de abril, de acuerdo con las competencias que le atribuyen tanto el artículo 21 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, como el artículo 9.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Y la Consejera de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía, doña Begoña Álvarez Civantos, designada para dicho cargo por Decreto del Presidente 4/2009, de 23 de abril, de acuerdo con las competencias que le atribuyen tanto el artículo 21 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, como el artículo 9.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

De otra parte, el Director General de la entidad pública empresarial Red.es, don Sebastián Muriel Herrero, facultado para este acto en virtud de las facultades delegadas por el Consejo de Administración de Red.es de acuerdo con el Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es.

La Comunidad Autónoma de Andalucía y la Entidad Pública Empresarial Red.es podrán ser denominadas, individualmente, «la Parte» y, conjuntamente, «las Partes».

Ambas partes, se reconocen capacidad jurídica y poder suficiente para suscribir la presente Adenda y en su virtud,

EXPONEN

Primero. El 17 de mayo de 2006 se suscribió entre el Ministerio de Justicia y la Entidad Pública Empresarial Red.es el Convenio Marco de Colaboración para la puesta en marcha del programa «Registro Civil en Línea» incluido en Plan Avanza (en adelante «el Convenio Marco»).

Segundo. De conformidad con la cláusula Tercera del Convenio Marco, con fecha 29 de noviembre de 2007, las Partes suscribieron el «Convenio Marco Bilateral de colaboración y financiación entre la Entidad Pública Empresarial Red.es y la Comunidad Autónoma de Andalucía para el desarrollo del Programa “Registro Civil en Línea” incluido en el Plan Avanza (en adelante, “El Convenio Bilateral de Colaboración»).

Tercero. Con fecha 30 de diciembre de 2008, las Partes acordaron prorrogar la vigencia del Convenio bilateral de Colaboración hasta el 31 de diciembre de 2009, modificándose igualmente la cláusula Cuarta e introduciéndose adicionalmente la Cláusula Decimocuarta.

Cuarto. Por motivos no imputables a las Partes, la ejecución de las actuaciones objeto del Convenio no han finalizado, por lo que se considera conveniente prorrogar la vigencia del mismo hasta el 31 de diciembre de 2010.

En virtud de lo señalado anteriormente, las Partes acuerdan suscribir la presente Adenda al Convenio con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Modificar la Cláusula Decimosegunda del Convenio Bilateral, que queda redactada en los siguientes términos:

«El Convenio surtirá efecto desde el momento de su firma y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2010.

Sin perjuicio de lo anterior, el Convenio seguirá produciendo sus efectos hasta la finalización de aquellas actuaciones que hubieran sido licitadas antes de la fecha de finalización del plazo estipulado en el párrafo anterior. El Convenio podrá prorrogarse por periodos anuales sucesivos por acuerdo expreso y por escrito de las partes.»

Y en prueba de conformidad, las Partes firman la presente Adenda al Convenio, en tres ejemplares y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados. El Director General de la entidad pública empresarial Red.es. don Sebastián Muriel Herrero. El Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa don Martín Sóler Márquez. La Consejera de Justicia y Administración Pública doña Begoña Álvarez Civantos.

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