Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 117 de 16/06/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 11 de mayo de 2010, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Marbella (antiguo Mixto núm. Cuatro), dimanante de procedimiento ordinario núm. 814/2008. (PD. 1455/2010).

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NIG: 2906942C20080004999.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 814/2008.

Negociado: GM.

De: FCE Bank Plc Sucursal en España.

Procuradora: Sra. Salomé Lizana de la Casa.

Contra: Don Naufal Arourou y don Hicham Rififi.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 814/2008 seguido en eI Juzgado de 1.ª Instancia núm. Cuatro de Marbella (antiguo Mixto núm. Cuatro) a instancia de FCE Bank Plc Sucursal en España contra don Naufal Arourou y don Hicham Rififi, este en situación legal de rebeldía procesal, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Núm. 128/2010

En Marbella, siete de mayo de dos mil diez.

Doña María Josefa Lario Parra, Juez Sustituta del Juzgado de 1.ª Instancia núm. Cuatro de Marbella (antiguo Mixto núm. Cuatro), habiendo visto los presentes autos de juicio Procedimiento Ordinario, seguidos al número 814/2008, seguidos a instancia de FCE Bank Plc Sucursal en España representados por la Procuradora doña Salomé Lizana de la Casa y asistido del Letrado don Pedro A. López Pérez Lanzae contra don Naufal Arourou y don Hicham Rififi, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que con estimación total de la demanda presentada por FCE Bank Plc Sucursal en España, representado por la Procuradora doña Salomé Lizana de la Casa contra don Naufal Arourou y don Hicham Rififi debo condenar y condeno a la significada parte demandada al pago a la actora de la cantidad de 5.209,16 euros más los intereses legales devengados desde la interposición de la demanda, y todo ello sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Contra esta Resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de días.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 2995/0000/04/0814/08, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.° de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Hicham Rififi, extiendo y firmo la presente en Marbella, a once de mayo de dos mil diez.- El/La Secretario.

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