Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 13 de 21/01/2010

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Hacienda

Acuerdo de 29 de diciembre de 2009, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación del Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2010-2013.

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El VII Acuerdo de Concertación Social de Andalucía, firmado el 24 de noviembre de 2009 entre la Junta de Andalucía y los Agentes Económicos y Sociales más representativos en la Comunidad Autónoma, establece como uno de los objetivos de su Eje 2: Desarrollo Empresarial y Emprendedores, impulsar la internacionalización de las empresas andaluzas, con especial atención a las PYMES, con el compromiso expreso de «elaboración de un Plan de Internacionalización de la Economía Andaluza 2010-2013, en el que se integren todas las estrategias, programas y acciones de la Junta de Andalucía para el impulso de la expansión internacional de las empresas y de la economía andaluza».

Con estos antecedentes, en el presente Acuerdo se concretan y desarrollan los objetivos y el contenido del Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2010-2013, y se define un procedimiento de formulación acorde con los principios de participación, coordinación y planificación de la Administración de la Junta de Andalucía, así como la participación de todos los agentes económicos.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 29 de diciembre de 2009, adoptó el siguiente

ACUERDO

Primero. El objeto del presente Acuerdo es la formulación del Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2010-2013.

Segundo. El Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2010-2013, de conformidad con la propuesta realizada por la Comisión de Evaluación y Seguimiento del actual Plan, celebrada el día 10 de junio de 2009, y a lo establecido en el VII Acuerdo de Concertación Social, tendrá como finalidad integrar en un único instrumento de planificación estratégica todas las políticas, estrategias, programas y acciones de la Junta de Andalucía para el impulso de la consolidación y expansión internacional de las empresas y de la economía andaluza.

Tercero. 1. El Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2010-2013 tendrá los siguientes objetivos generales:

a) El fortalecimiento del tejido empresarial andaluz, mediante el establecimiento de un conjunto de estrategias y programas que faciliten la presencia de los productos y servicios andaluces en los mercados internacionales, asumiendo la globalización como una necesidad y una estrategia forzosa.

b) La generación de empleo, trasladando a la sociedad y a las personas trabajadoras los beneficios alcanzados con la internacionalización, a través de la generación de empleo, elevando su calidad y enriqueciendo la formación.

c) El desarrollo sectorial, contribuyendo a diversificar los sectores económicos exportadores andaluces, tradicionales o novedosos, ampliando y mejorando su oferta de productos y servicios.

d) El aumento de la presencia de Andalucía en los mercados exteriores, diversificando los destinos de nuestras exportaciones e inversiones y consolidando nuestra presencia en los mercados de ámbito europeo.

2. La planificación de la internacionalización de la economía andaluza se realizará de acuerdo con los siguientes criterios de actuación:

a) Plan único de la Junta de Andalucía que integre todas las políticas y estrategias relacionadas con la internacionalización de las empresas y la economía andaluza.

b) Plan con un horizonte temporal similar a otros planes estratégicos de la Junta de Andalucía, hasta 2013.

c) Plan con un objetivo básico de consolidar e impulsar la competitividad de las empresas andaluzas, añadiendo a la I+D+I, la internacionalización de las empresas.

d) Plan adaptado a la actual situación económica y que dé respuesta a las necesidades y demandas actuales de las empresas andaluzas para la internacionalización de la economía andaluza.

Cuarto. El contenido mínimo del Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2010-2013 será el siguiente:

a) El análisis y diagnóstico de las empresas andaluzas, en cuanto a su carácter exportador, comparativa con otras Comunidades Autónomas, grado de concentración de las exportaciones, valor anual de las exportaciones, distribución provincial, distribución sectorial, distribución geográfica de las exportaciones y factores que influyen en la internacionalización de las empresas andaluzas.

b) El análisis y diagnóstico de los macrosectores que constituyen la oferta exportable andaluza (agroalimentario, consumo, industria y servicios), incluyendo un estudio de las fortalezas, debilidades, amenazas y oportunidades de los cuatro grandes macrosectores.

c) El análisis y diagnóstico de los mercados internacionales, mediante la comparación de criterios tales como el atractivo del mercado, la fuerza competidora y la posición inversora de los mercados.

d) Los objetivos a conseguir durante la vigencia del Plan.

e) La programación de las actuaciones necesarias para la ejecución y aplicación del Plan, con indicación de los plazos, costes y fuentes de financiación. Esta programación se articulará mediante un Plan de Acción Operativo de periodicidad bienal.

f) Los mecanismos adecuados para el seguimiento y verificación del grado de cumplimiento de sus objetivos, así como para la fiscalización y control de la ejecución de sus previsiones y determinaciones.

g) Los supuestos y condiciones de revisión y de modificación del Plan.

Quinto. 1. La Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Agencia Andaluza de Promoción Exterior, coordinará la elaboración del proyecto de Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2010-2013 a partir de la documentación y estudios técnicos necesarios.

2. Corresponde a la Agencia Andaluza de Promoción Exterior la dirección y seguimiento de los trabajos necesarios para el impulso de la aprobación del Plan, así como el análisis de las alegaciones e informes emitidos y la elaboración de las correspondientes propuestas.

3. La Agencia Andaluza de Promoción Exterior, para el desarrollo de los trabajos necesarios, podrá crear, impulsar y coordinar los grupos de trabajo técnico de carácter temático o monográfico que sean necesarios para facilitar el logro de los objetivos marcados y la participación de los agentes económicos y sociales.

Sexto. 1. En el plazo de tres meses desde la publicación del presente Acuerdo deberá estar elaborado el proyecto de Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2010-2013.

2. La Agencia Andaluza de Promoción Exterior propondrá a la Consejera de Economía y Hacienda el proyecto de Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2010-2013.

3. La Consejera de Economía y Hacienda procederá a la aprobación provisional del Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2010-2013, elevándolo al Consejo de Gobierno.

Séptimo. La aprobación definitiva del Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2010-2013 corresponderá al Consejo de Gobierno, previo examen en la Comisión Delegada para Asuntos Económicos y a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda.

Octavo. El Plan de Acción Operativo de implementación del Plan Estratégico de Internacionalización de la Economía Andaluza 2010-2013 se renovará y actualizará a los dos años de la aprobación del Plan, mediante Resolución de la persona titular de la Consejería de Economía y Hacienda.

Noveno. Se faculta a la Consejera de Economía y Hacienda para realizar cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.

Décimo. El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 29 de diciembre de 2009

José Antonio Griñán Martínez

Presidente de la Junta de Andalucía

Carmen Martínez Aguayo

Consejera de Economía y Hacienda

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