Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 131 de 06/07/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 15 de junio de 2010, de la Dirección General de Gestión del Medio Natural, por la que se delegan competencias en materia de cambios de uso de terrenos forestales.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 21 y 28 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, las autorizaciones de cambio de uso de terrenos forestales para actuaciones sometidas a autorización ambiental integrada o autorización ambiental unificada se integrarán en estas últimas tramitándose conforme al procedimiento establecido para dichos instrumentos de prevención ambiental cuya resolución corresponde a las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Medio Ambiente o a la persona titular de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental en aquellos supuestos en los que la actuación sujeta a autorización se ubique en más de una provincia.

La aplicación de este régimen legal ha puesto de manifiesto que para unificar y agilizar los procedimientos de autorizaciones de cambio de uso de terrenos forestales es conveniente delegar en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales la competencia para la resolución del procedimiento de autorizaciones de cambios de uso de terrenos forestales para actuaciones de ámbito provincial no sometidas a autorización ambiental integrada o autorización ambiental unificada, atribuida por el artículo 98.3 del Reglamento Forestal de Andalucía, aprobado por Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, a la Dirección General de Gestión del Medio Natural.

Por ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, esta Dirección General

HA RESUELTO

Primero. Delegar en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Medio Ambiente la competencia para la resolución de los procedimientos de cambios de uso de terrenos forestales para actuaciones de ámbito provincial no sometidas a autorización ambiental integrada o autorización ambiental unificada.

Segundo. La persona titular de la Dirección General de Gestión del Medio Natural podrá en cualquier momento, respecto de determinados expedientes y mediante resolución motivada, avocar la competencia delegada en esta Resolución.

Tercero. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de esta delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Cuarto. Los procedimientos iniciados con anterioridad a la fecha de efectos de la presente Resolución se instruirán y resolverán conforme a la delegación establecida en la misma.

Quinto. La delegación prevista en la presente Resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de junio de 2010.- El Director General, Francisco Javier Madrid Rojo.

Descargar PDF