Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 137 de 14/07/2010

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Consejería de Economía, Innovación y Ciencia

Resolución de 30 de junio de 2010, de la Delegación Provincial de Córdoba, de reintegro de expediente que se cita.

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Anuncio de la Delegada Provincial de Economía, Innovación y Ciencia notificando Resolución de Reintegro recaída en el expediente que abajo se relaciona, incoado según lo dispuesto en el art. 125 del R.D. Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, del Texto Refundido la LGHP de la Junta de Andalucía.

De conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dada la imposibilidad de practicar la notificación a la entidad interesada, que a continuación se relaciona en el último domicilio social de la misma, se le notifica a través de este anuncio, la resolución dictada en el expediente administrativo de reintegro:

Entidad: Epsilon Asesores Informáticos, S.L.L.

Núm. Expte.: RS.0039.CO/08-RT006/10.

Dirección: C/ Hoya del Molino, núm. 28, 14900, Lucena, Córdoba.

Asunto: Notificando Resolución de Reintegro.

Importe a reintegrar (principal e intereses de demora): 6.442,19 € (seis mil cuatrocientos cuarenta y dos euros con diecinueve céntimos).

Motivo: Reintegro por incumplimiento de las condiciones establecidas en la Resolución de concesión.

El reintegro de carácter voluntario deberá efectuarse en el siguiente plazo:

a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

El reintegro de la deuda exigida deberá hacerse efectivo con la presentación del modelo 046, debidamente cumplimentado, en cualquiera de las entidades colaboradoras de la Junta de Andalucía.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiese efectuado el reintegro, se procederá a su exacción por la vía ejecutiva.

Asimismo, se le advierte expresamente a los interesados que contra la resolución de reintegro, que agota la vía administrativa, puede interponerse:

a) Potestativamente, recurso de reposición ante el Delegado Provincial de Economía, Innovación y Ciencia en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la notificación y, hasta tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la citada Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999.

b) Directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Informándoles que para el cómputo de los plazos mencionados la notificación se considera realizada a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio.

Córdoba, 30 de junio de 2010.- La Delegada, María Sol Calzado García.

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