Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 140 de 19/07/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 6 de febrero de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 612/2004. (PD. 1806/2010).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 2906742C20040012212.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 612/2004. Negociado: MB.

Sobre: Rectificación de asiento registral y declaración de dominio.

De: Doña María Dolores Montilla Paniagua.

Procurador: Sr. Pedro Ballenilla Ros.

Letrado: Sr. Ramos de la Cámara, Agustín.

Contra: Don Salvador Tudela Rodríguez y otros.

Procuradora: Sra. Cecilia Molina Pérez.

Letrada: Sra. Vergara Pérez, María José.

Edicto

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 612/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Málaga, a instancia de doña María Dolores Montilla Paniagua contra don Salvador Tudela Rodríguez, don Luis García Martín, doña Carmen Ruiz Romero, don Alberto Luque Latre, don Ernesto Luque Latre, don Antonio Luque Latre, doña María Luque Latre, don Manuel Luque Latre, doña Victoria Luque Luque, heredera de doña Victoria Luque Latre y demás herederos desconocidos, don José Goñi Ymat, don Bernard Goñi Luque, don Carlos Goñi Luque, don José Goñi Luque, don Ernesto Goñi Luque, don Fernando Goñi Luque, don Gonzalo Goñi Luque, don Juan Gutiérrez Alba, doña Aída Gutiérrez Luque, doña María Dolores Gutiérrez Luque, doña Ana Gutiérrez Luque, doña Victoria Gutiérrez Luque, doña Amalia Gutiérrez Luque y doña María Eosa Soto sobre rectificación de asiento registral y declaración de dominio, se ha dictado la sentencia que, copiada en su fallo, es como sigue:

FALLO

Que estimando la demanda de juicio ordinario interpuesta por el Procurador don Pedro Ballenilla Ros, en nombre y representación de doña María Dolores Montilla Paniagua, bajo la dirección Letrada de don Agustín Ramos de la Cámara, frente a don Salvador Tudela Rodríguez, representado por la Procuradora doña Cecilia Molina Pérez, bajo la dirección Letrada de doña María José Vergara Pérez y de don Juan Vergara Pérez; don Luis García Martín, doña Carmen Ruiz Moreno, Alberto Luque Latre, don Ernesto Luque Latre, don Antonio Luque Latre, doña María Luque Latre, don Manuel Luque Latre, doña Marcela Luque Luque, heredera legal de doña Victoria Luque Latre, don José Goñi Ymaz, don Bernardo Goñi Luque, don Carlos Goñi Luque, don José Goñi Luque, don Ernesto Goñi Luque, don Fernando Goñi Luque, don Gonzalo Goñi Luque, don Juan Gutiérrez Alba, doña Aída Gutiérrez Luque, doña María Dolores Gutiérrez Luque, doña Ana Gutiérrez Luque, Victoria Gutiérrez Luque, doña Amalia Gutiérrez Luque, y doña María Eosa Soto, en situación procesal de rebeldía; debo declarar y declaro que doña María Dolores Montilla Paniagua es dueña de la casa situada en calle Fuentes de Leganitos, numero 13, antes 21, en las inmediaciones de la Barriada de El Palo, en la ciudad de Málaga. Comprende una superficie el suelo donde se levanta de cuarenta y dos metros, y construidas entre sus dos plantas de noventa y dos metros. Linda, vista desde su entrada, frente, con calle Fuente de Leganitos; derecha entrando, con calle Caballero y la casa numero 12 de igual calle; fondo, con la casa número 20 de pasaje sin nombre; izquierda entrando, con el citado pasaje, debo acordar y acuerdo la inscripción de dicha finca en el Registro de la Propiedad a nombre de la actora, rectificándose la obrante al Folio 111 del Tomo 155, Libro 62, inscripción 5.ª de la Finca Registral 3.694, del Registro de la Propiedad número Dos de Málaga. Dicha rectificación deberá hacer constar que, al estar la finca de la actora enclavada dentro del perímetro de la registral 3.694, no modifica sus linderos, sino tan solo modifica su cabida mediante la sustracción de la extensión de la finca de la actora, indicando que el lindero más próximo por donde se sitúa la finca objeto de este procedimiento es el lindero Oeste; y debo condenar y condeno a los demandados a estar y pasar por los anteriores pronunciamientos.

Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada, con la salvedad de don Salvador Tudela Rodríguez, don Luis García Martín y doña Carmen Ruiz Moreno.

Contra esta sentencia se podrá interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, que, en su caso, deberá prepararse ante este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquel en que se practique la notificación a las partes.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados don Alberto Luque Latre, don Ernesto Luque Latre, don Antonio Luque Latre, doña María Luque Latre, don Manuel Luque Latre, don José Goñi Ymat, don Bernard Goñi Luque, don Carlos Goñi Luque, don José Goñi Luque, don Ernesto Goñi Luque, don Fernando Goñi Luque, don Gonzalo Goñi Luque, don Juan Gutiérrez Alba, doña Aida Gutiérrez Luque, doña María Dolores Gutiérrez Luque, doña Victoria Gutiérrez Luque, doña Amalia Gutiérrez Luque y doña María Eosa Soto, extiendo y firmo la presente en Málaga, a seis de febrero de dos mil siete. El/La Secretario.

Descargar PDF