Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 144 de 23/07/2010

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Consejería de Salud

Resolución de 16 de julio de 2010, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud, que modifica la de 15 de marzo de 2010, por la que se aprueban las listas definitivas de aspirantes que han superado el concurso-oposición de Médicos de Familia de Atención Primaria, Pediatras de Atención Primaria y Enfermeros.

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Habiéndose estimado por esta Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional varios recursos potestativos de reposición interpuestos contra la Resolución de 15 de marzo de 2010 (BOJA núm. 30, de 24 de marzo) por la que se aprueban las listas definitivas de aspirantes que han superado los concursos oposición de las categorías de Médicos de Familia de Atención Primaria, Pediatras de Atención Primaria y Enfermeros, concursos convocados por las Resoluciones de 5 de junio y 9 y 11 de julio de 2007 (BOJA núm. 116, de 13 de junio, 140 de 17 de julio, y 144 de 23 de julio), procede modificar la citada Resolución de 15 de marzo, por lo que en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, 14 de julio) por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud y en el Decreto 171/2009, de 19 de mayo (BOJA núm. 95, 20 de mayo) de Estructura Orgánica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General,

RESUELVE

Primero. Modificar las listas definitivas de aspirantes que han superado los concursos oposición de las categorías de Médicos de Familia de Atención Primaria, Pediatras de Atención Primaria y Enfermeros, aprobadas por la citada Resolución de 15 de marzo de 2010, en orden a incluir en dichas listas las modificaciones derivadas de la estimación de los recursos de reposición interpuestos contra dicha Resolución.

Segundo. Modificar las listas definitivas de aspirantes que no han superado los concursos oposición de dichas categorías, aprobadas por la citada Resolución de 15 de marzo de 2010, en orden a incluir en dichas listas las modificaciones derivadas de la estimación de los recursos de reposición interpuestos contra dicha Resolución.

Tercero. Modificar las listas definitivas de aspirantes excluidos del concurso oposición de dichas categorías, aprobadas por la citada Resolución de 15 de marzo de 2010, en orden a excluir a los aspirantes que no han acreditado en plazo reunir los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria.

Cuarto. Anunciar que las listas definitivas, conteniendo las modificaciones indicadas en los puntos anteriores, se encontrarán expuestas al público en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud, a partir del mismo día de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Quinto. Aquellos aspirantes que están incluidos en las listas definitivas a que hace referencia el punto anterior, y que no estaban incluidos en las listas definitivas aprobadas por la Resolución de 15 de marzo, deberán presentar, en el plazo de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, la documentación que se indica en el punto Sexto de la citada Resolución de 15 de marzo.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en el art. 117.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 16 de julio de 2010.- El Director General, Antonio J. Valverde Asencio.

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