Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 154 de 06/08/2010

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 21 de julio de 2010, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se hacen públicos los listados definitivos de personal seleccionado en las categorías profesionales de Educador (2060) y Restaurador (2080), correspondiente al proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso-oposición, en las categorías del Grupo II, correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2007.

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Propuestos por las correspondientes Comisiones de Selección, los listados definitivos de personal seleccionado en las pruebas selectivas por el sistema de concurso-oposición, para el acceso a la condición de personal laboral fijo, en las categorías profesionales de Educador (2060) y Restaurador (2080), convocadas por Resolución de 6 de marzo de 2009 (BOJA núm. 61, de 30 de marzo), de conformidad con lo establecido en las Bases Novena y Décima, esta Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública

R E S U E L V E

Primero. Hacer público los listados definitivos de personal seleccionado en las categorías profesionales de Educador (2060) y Restaurador (2080) que figuran como Anexos I y II a la presente Resolución.

Igualmente, se hace pública la relación de plazas vacantes ofertadas en cada categoría (Anexos III y IV) para que el personal seleccionado, en acto único mediante comparecencia personal en el lugar, fecha y hora que se determina a continuación realice la petición de destinos y presente la documentación preceptiva señalada en la Base Décima de la Orden de convocatoria.

Segundo. Los integrantes del listado definitivo de personal seleccionado deberán presentarse, personalmente o mediante representante debidamente acreditado, en la sede de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, sita en la Avda. República Argentina, núm. 25, 5.ª planta, de la ciudad de Sevilla, en la fecha y hora prevista en el cuadro que sigue, para realizar en dicha comparecencia personal la petición de destinos:

CATEGORÍA PROFESIONAL FECHA HORA
Educador (2060) 7 de septiembre de 2010 9,00
Restaurador (2080) 7 de septiembre de 2010 10,00

Si en el acto único de comparecencias personales para efectuar la petición de destinos el/la aspirante seleccionado/a no presentase la referida documentación, se entenderá que desiste su derecho a ser seleccionado/a en el concurso convocado por la presente Orden, quedando anuladas todas sus actuaciones.

Tercero. Los Anexos referidos en el punto primero, quedan expuestos al público en los tablones de anuncios de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y de las Delegaciones Provinciales de Hacienda y Administración Pública, así como en la página web del Empleado Público (http://www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica/empleadopublico).

Cuarto. De conformidad con la base décima de la Orden de convocatoria, el personal seleccionado deberá presentar en el acto único de comparecencias personales previsto en la presente Resolución, ante la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, los siguientes documentos:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad Extranjero. En el supuesto de descendientes de españoles o de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y de su cónyuge, contemplado en el apartado 2.a) de la base segunda, deberán acreditar, además, el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo.

b) Fotocopia del título académico oficial, o del documento acreditativo de la formación o experiencia laboral equivalente, que de acuerdo con lo exigido en la base segunda, que fueren necesarios para ser seleccionado/a en la plaza correspondiente, compulsados según lo establecido en el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, y la Orden de la Consejería de Gobernación de 1 de diciembre de 1995.

c) Certificado médico que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la categoría a la que se aspira.

d) Certificado expedido por los órganos competentes en la materia, en la Junta de Andalucía u otras Administraciones Públicas que acredite la condición de persona con discapacidad cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33%. Dicha condición deberá mantenerse hasta que los aspirantes adquieran la condición de personal laboral fijo de la Administración General de la Junta de Andalucía.

Asimismo, los aspirantes con discapacidad deberán aportar certificado, expedido por la Consejería competente en la materia, de la Junta de Andalucía, en la que conste su capacidad para el desempeño de las funciones correspondientes a la categoría a que se aspira.

e) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas y no poseer la condición de personal laboral fijo de la misma categoría profesional a que se aspira.

En caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio.

f) Declaración jurada de no desempeñar ningún puesto en el sector público, ni de realizar actividad privada incompatible o sujeta a reconocimiento de compatibilidad.

Las condiciones y demás requisitos que se mencionan en el punto anterior que se encuentren inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía estarán exentos de justificación documental.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, computados ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación.

Sevilla, 21 de julio de 2010.- El Director General, Manuel Alcaide Calderón.

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