Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 154 de 06/08/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Acuerdo de 20 de julio de 2010, del Consejo de Gobierno, por el que se accede a la retrocesión a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social de 376,61 m² de la planta baja del inmueble sito en la actual C/ Pablo Picasso, s/n, del término municipal de Adra (Almería).

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Mediante Real Decreto 958/2005, de 29 de julio, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Andalucía de las funciones y servicios de la Seguridad Social en materia de asistencia y servicios sociales encomendados al Instituto Social de la Marina, se cedió el uso por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social de 376,61 m² de la planta baja del inmueble sito en la actual C/ Pablo Picasso, s/n, del término municipal de Adra (Almería).

Con fecha 30 de octubre de 2007, la Tesorería General de la Seguridad Social solicita a la Comunidad Autónoma de Andalucía la retrocesión de la parte cedida del referido inmueble por la necesidad de trasladar allí las dependencias de la Dirección Local del Instituto Social de la Marina, y al haber tenido constancia de que no está ocupada.

Ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 81.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en la redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social, que prevé que, cesante el uso, cesa la necesidad de la cesión y, por tanto, la cesión en sí misma, procediendo la restitución de su posesión al organismo titular del patrimonio único de la Seguridad Social, es decir, a la Tesorería General de la Seguridad Social.

La Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, organismo que tiene adscrita la parte cedida, ha propuesto la retrocesión a la Tesorería General de la Seguridad Social ya que no la necesita para el cumplimiento de los fines que tiene encomendados.

En cualquier caso, como acto previo a la retrocesión, la Comunidad Autónoma de Andalucía debe proceder a la desafectación cuando los bienes o derechos dejen de estar destinados a usos o servicios públicos, a lo que ha procedido respecto a la superficie cedida del referido inmueble mediante Acuerdo de 22 de octubre de 2008, el entonces Vicepresidente Segundo de la Junta de Andalucía y Consejero de Economía y Hacienda, conforme a lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 140 en relación con el 129 del Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, por que se aprueba su Reglamento.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, el Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 20 de julio de 2010,

ACUERDA

Primero. Acceder a la retrocesión a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social de 376,61 m² de la planta baja del inmueble sito en la actual C/ Pablo Picasso, s/n, del término municipal de Adra (Almería), y que forma parte del siguiente inmueble:

Edificio Industrial, sito en calle Puerto, s/n (actual C/ Pablo Picasso, s/n), con una superficie de terreno de dos mil metros, treinta y dos decímetros cuadrados, y construida mil trescientos veintiséis metros, cincuenta y tres decímetros cuadrados. Compuesto de dos módulos, con accesos independientes, destinado a casa del Mar.

Linderos: Norte, con la nueva vía de acceso, parcela a la carretera nacional 340; Sur, Patrimonio del Estado; Este, terrenos del Puerto de Adra; Oeste; con la nueva calle de acceso.

Titular: Tesorería General de la Seguridad Social.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Adra (Almería), con el número de finca 25085, al tomo 1439, libro 416, folio 119, inscripción 3.ª Ref. cat.: 7870201VF9676H0001FJ.

Segundo. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la retrocesión de la parte del inmueble descrito en el apartado primero a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Tercero. Por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Acuerdo.

Sevilla, 20 de julio de 2010

JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

Carmen Martínez Aguayo

Consejera de Hacienda y Administración Pública

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