Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 155 de 09/08/2010

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia

Anuncio de 26 de julio de 2010, de la Delegación Provincial de Granada, sobre escrito de presentación de documentación relativa al requerimiento por accidente ocurrido en la explotación minera Riscos Negros en el t.m. de Vélez de Benaudalla.

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Por no haberse, podido practicar la notificación, dirigida a Áridos y Clasificados La Gorgoracha, S.L., de requerimiento de fecha 15.4.2010 relativo al escrito de fecha 17.3.2010 de presentación de documentación relativa al requerimiento por accidente ocurrido en la explotación minera Riscos Negros en el t.m. de Vélez de Benaudalla y en cumplimiento de lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se realiza la mencionada notificación por medio de este anuncio y por el que se le comunica que:

- Respecto a la Pala Cat 966 con la que ocurrió el accidente se comunica la baja, por lo que deberá ser eliminada de la explotación o bien deberá quedar debidamente inutilizada e identificado claramente que dicha máquina está en desuso.

- Respecto a la «evaluación de la pista de acceso al área de acopio donde ocurrió el accidente», la documentación técnica presentada no se ajusta a lo requerido en nuestro escrito puesto que según mencionado informe existe en la pista de acceso donde aconteció el accidente una pendiente media de 8,5° en el primer tramo B-B’ que equivalen a un 15% de inclinación que es lo que establece la ITC como máximo para situaciones puntuales y en el segundo tramo A-A’ según el informe presenta una pendiente media de 9° que aproximadamente equivale al 17% de inclinación, muy por encima de lo permitido según ITC. Por lo tanto, deberá de presentar de nuevo proyecto de adecuación de mencionada pista a una pendiente media inferior o igual al 10%.

En dicho proyecto se definirán las diferentes etapas mediante las que se irá alcanzando dicha pendiente media, aportando planimetría (cortes) de dichas etapas y dicho proyecto deberá ejecutarse en un plazo mínimo. Mientras tanto el acceso a la zona de acopios superior a través de esta pista estará prohibido quedando tan solo restringido a maquinaria pesada para la que esté previsto su uso para pendientes superiores a las existentes.

El proyecto deberá ser visado por colegio profesional y una vez ejecutado deberá presentarse por parte del Director Facultativo de la Explotación un certificado final de obra.

En caso de no subsanarse lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en el art. 121 de la Ley de Minas y en el 147 de su Reglamento, modificados por la disposición adicional primera de la Ley 12/2007 (BOE núm. 158, de 3 julio de 2007), se propondrá la apertura del correspondiente expediente sancionador.

Granada, 26 de julio de 2010.- El Delegado, P.S.R. (Decreto 21/85), la Secretaria General, Ángela Moreno Vida.

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