Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 157 de 11/08/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

Resolución de 26 de julio de 2010, de la Delegación Provincial de Córdoba, por la que se acuerda la ampliación del plazo de resolución en la concesión de subvenciones en materia de comercio y artesanía, modalidad Urbanismo Comercial a Ayuntamientos, correspondiente al ejercicio 2010.

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La Orden de 9 de diciembre de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio y artesanía (BOJA núm. 247, de 21 de diciembre de 2009), establece en su artículo 9.5 que el plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre el 4 y el 31 de enero de cada año, ampliado para la convocatoria 2010 hasta el 15 de febrero del presente año, mediante Orden de 29 de enero de 2010 (BOJA núm. 27, de 10 de febrero).

El artículo 14.4 de la Orden de 9 de diciembre de 2009, referida, determina que el plazo máximo para dictar y notificar la resolución de las solicitudes será de seis meses y se computará a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes.

Conforme al artículo 17.1.a) de la Orden 9 de diciembre de 2009, la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte correspondiente al domicilio del solicitante, es competente para resolver la concesión de las subvenciones previstas en la presente Orden, por delegación del titular de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.

La implantación este año de una nueva herramienta informática de gestión de estas subvenciones en sus fases de procedimiento de concesión y justificación, la demora en la asignación de los correspondientes créditos y el estado de tramitación de los procedimientos incoados que son competencia de esta Delegación Provincial, hacen prever que no podrá cumplirse el plazo máximo de resolución y notificación.

Con base a lo expuesto y en virtud de lo establecido en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, y en uso de las competencias delegadas por el artículo 17 de la Orden de 9 de diciembre de 2009, anterior, a propuesta del Jefe de Servicio de Comercio de esta Delegación Provincial,

ACUERDO

Ampliar el plazo máximo para resolver y notificar la concesión de subvenciones en materia de comercio y artesanía, modalidad 1 (URB), Urbanismo Comercial a Ayuntamientos, correspondiente al ejercicio 2010, de competencia de esta Delegación Provincial, reguladas por la Orden de 9 de diciembre de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de comercio y artesanía, por un plazo máximo de dos meses, a contar desde la finalización del plazo establecido en el artículo 14.4 de la citada Orden.

Contra el presente acuerdo, que resuelve la ampliación del plazo máximo de resolución, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.2 de la Ley 30/1992, no cabe recurso alguno.

Córdoba, 26 de julio de 2010.- El Delegado, Juan Torres Aguilar.

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