Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 157 de 11/08/2010

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Consejería de Obras Públicas y Vivienda

Anuncio de 28 de julio de 2010, de la Delegación Provincial de Almería, por el que se hace pública la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 20 de noviembre de 2001, recaída en el expediente que se cita, sobre modificación del Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano del municipio de Velefique (Almería).

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Para general conocimiento se hace pública la Resolución que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Almería, en su sesión ordinaria de fecha 20 de noviembre de 2001, adoptó en relación al expediente CPU 4771 sobre Modificación del Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano, municipio de Velefique (Almería), siendo promotor el Ayuntamiento.

Conforme establece el art. 41.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se comunica que con fecha 28.7.2010, y con el número de registro 4319, se ha procedido al depósito del instrumento de planeamiento de referencia en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los bienes y Espacios Catalogado dependiente de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

En virtud de lo establecido por el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de:

- La Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Almería de fecha 20 de noviembre de 2001, por la que se aprueba definitivamente la Modificación del Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano, del municipio de Velefique (Almería). (Anexo I).

ANEXO I

RESOLUCIÓN

Vista la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de fecha 20 de noviembre de 2001, sobre Modificación del proyecto de Delimitación de Suelo Urbano de Velefique (Almería), promovida por el Ayuntamiento, cuyo tenor literal se transcribe a continuación:

«Visto el expediente instruido por la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes bajo el número 4771, sobre Modificación del proyecto de Delimitación de Suelo Urbano de Velefique (Almería), promovida por el Ayuntamiento, de dicho término municipal, cuyo objeto es modificar la Delimitación de Suelo Urbano para incluir unos terrenos situados al oeste del núcleo, excluyendo otros situados en su borde este. El ajuste de la delimitación del suelo urbano en el extremo este se realiza para adaptarlo a la topografía, excluyendo las huertas actuales que se encuentran cultivadas.

En las nuevas zonas que se consideran como suelo urbano junto a la carretera se indican las distancias de la edificación a la misma. Sin embargo, no se señalan otro tipo de alineaciones, quedando manzanas de gran tamaño.

Considerando las condiciones que se deben cumplir para que un suelo se considere como urbano se establecen en el art. 8 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones. En municipios sin planeamiento general, como es el caso de Velefique, se establece, según los arts. 81 y 13.2 de la Ley 1/1997, de 18 de junio, por la que se adoptan con carácter urgente y transitorio disposiciones en materia del Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, que la delimitación del suelo urbano deberá contener el perímetro de aquellos terrenos que, o están urbanizados o conforman un área colmatada por la edificación en un cincuenta por ciento. Dada la singularidad y el carácter del pueblo, en el que la edificación colmata en su totalidad el núcleo, sin que exista solución de continuidad, se podría justificar el hecho de que se incorporen terrenos adyacentes en su periferia, interpretando que la colmatación de la edificación se extiende a todo el núcleo.

Se deberá tener en cuenta la limitación establecida en la N.15 de las Normas Subsidiarias de ámbito provincial en cuanto al tamaño de las parcelas, limitando la longitud máxima de las mismas a 80,00 m.

Aunque de la documentación presentada se puede deducir que los terrenos que se propone incluir en la Delimitación de Suelo Urbano actualmente se dedican a cultivos, en el expediente no se justifica expresamente la no consideración de forestales de dicho suelo. En tal sentido, el Ayuntamiento de Velefique ha comunicado a este Servicio que con fecha 26.6.01 se solicitó informe a la Delegación Provincial de la Delegación de Medio Ambiente sin que se tenga constancia de contestación alguna.

Vistas las disposiciones legales siguientes:

- Texto conjunto de la Ley 1/1997, de 18 de junio, por la que se adoptan con carácter urgente y transitorio disposiciones en materia de régimen del suelo y ordenación urbana en Andalucía, con los preceptos en vigor del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 1992.

- Decreto 77/1994, por el que se regulan las competencias de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, determinándose a los órganos que se atribuyen.

- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La Comisión Provincial de O.T. y Urbanismo acuerda:

I. Aprobar definitivamente la presente Modificación del proyecto de Delimitación de Suelo Urbano en Velefique condicionando su eficacia y publicación a:

1. En aplicación del art. 1 y art. 7.2. de la Ley Forestal de Andalucía (Ley 2/1992, de 15 de junio), se deberá justificar el carácter no forestal de los terrenos afectados por la modificación de la Delimitación de Suelo Urbano, o si lo fueran, aportar el preceptivo informe de la Administración Forestal.

2. Establecer alineaciones en las manzanas de nueva creación que no están consolidadas, de manera que la dimensión de las mismas no exceda los 80,00 m, y se posibilite su edificación, teniendo en cuenta la accidentada topografía de las mismas.

II. Facultar al Vicepresidente para que compruebe el cumplimiento de esta condición y ordene su publicación en el BOJA.»

Visto que se han cumplido las condiciones citadas, procede declarar la eficacia de la Modificación del proyecto de Delimitación de Suelo Urbano de Velefique (Almería), y ordenar la publicación en el BOJA del presente acuerdo.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación de la presente resolución, tal y como prevé el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio. Almería, 23 de julio de 2010. «La Vicepresidenta de la CPOTU, Ana Vinuesa Padilla.»

Almería, 28 de julio de 2010.- La Delegada, Ana Vinuesa Padilla.

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