Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 157 de 11/08/2010

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Consejería de Empleo

Anuncio de 23 de julio de 2010, de la Resolución de la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral, por el que se ordena la publicación de la sanción impuesta por infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Resolución de 23 de julio de 2010, de la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral, por la que se ordena la publicación de la sanción por infracción muy grave en materia de Prevención de Riesgos Laborales, a las empresas Promociones y Construcciones Quintuelles, S.L.U., y Promociones Salubina 2000, S.L.

El artículo 40.2 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, establece que las sanciones impuestas por infracciones muy graves, una vez firmes, se harán públicas en la forma que se determine reglamentariamente.

El Real Decreto 597/2007, de 4 de mayo, viene a desarrollar el mandato legal antes expresado, estableciendo las formalidades necesarias para la publicación de las sanciones impuestas por infracciones muy grave en materia de prevención de riesgos laborales.

La Orden de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, de 7 de febrero de 2008, ejecuta y desarrolla determinados aspectos del citado Real Decreto, fundamentalmente en la determinación del órgano competente para ordenar que se hagan públicas las sanciones, a los medios de publicación de las mismas y a la habilitación del Registro Público en el que se inscribirán las sanciones impuestas por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales.

En virtud de los preceptos citados y conforme a la regulación contenida en el artículo 3.3 de la Orden de 7 de febrero de 2008, esta Dirección General de Seguridad y Salud Laboral

RESUELVE

Primero. Ordenar la publicación de la sanción impuesta en la Resolución de fecha 2 de junio de 2009, dictada por la Directora de Seguridad y Salud Laboral, acto administrativo que ha adquirido firmeza mediante la resolución del recurso de alzada, dictada por el Consejero de empleo de fecha 19 de abril, que viene a confirmarla con la inclusión de los datos siguientes:

Nombre o razón social de la empresa: Promociones y Construcciones Quintuelles, S.L.U.

Sector de actividad/CNAE: Construcción de Edificios.

CIF: B18683599.

Domicilio social: Avda. Peronne, 5, 1.ºB, Salobreña, Granada.

Empresa Solidaria.

Nombre o razón social de la empresa: Promociones Salubina 2000, S.L.

Sector de actividad/CNAE: Promoción inmobiliaria de viviendas.

CIF: B18492819.

Domicilio social: Urb. El Sol, Edf. Sirio, 16, Salobreña, Granada.

Preceptos legales de tipificación de la infracción cometida: Constituye infracción a lo dispuesto en el art. 4.2.d) y art. 19.1 del T.R. de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (R.D.L. 1/95, de 24 de marzo, BOE del 29), y los arts. 14 y 15 de la Ley de PRL (Ley 31/1995, de 8 de noviembre, BOE del 10), en relación con el art. 11. del R.D. 1627/1997, de 24 de octubre sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, y el Anexo IV, Parte C, apartado 3 A) y B) del citado R.D.

Infracción muy grave, grado mínimo, conforme a los arts. 39.1 y 13.10 del D.L. 5/2000, de 4 de agosto (BOE del 8), y ello por cuanto, a la vista de las circunstancias concurrentes, la conducta empresarial descrita, ha provocado un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores.

Sanción impuesta: 40.986 euros.

Fecha extensión acta de infracción: 7 de enero de 2009.

Fecha de firmeza de la sanción: 3 de mayo de 2010.

Segundo. Acordar la incorporación de los datos señalados en el ordinal anterior al Registro de Sanciones impuestas por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, adscrito a esta Dirección General, registro de carácter administrativo único para toda la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de consulta pública.

Los datos registrales correspondientes a la sanción impuesta se cancelarán a los cinco años a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 23 de julio de 2010.- La Directora General, Esther Azorit Jiménez.

Descargar PDF