Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 26/01/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio

Resolución de 7 de enero de 2010, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se dispone la publicación de la Resolución de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de 21 de mayo de 2007, por la que se aprueba definitivamente la Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de Cazalla de la Sierra (Sevilla), en parcela situada en C/ Peñón y Cruz (Expte.: SE-72/07), y se ordena la publicación del contenido de sus Normas Urbanísticas.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.a) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, esta Delegación Provincial hace pública la Resolución de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 21 de mayo de 2007, por la que se aprueba definitivamente la Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de Cazalla de la Sierra (Sevilla), en parcela situada en C/ Peñón y Cruz.

Conforme establece el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, con fecha 18 de junio de 2010, y con el número de registro 2151, se ha procedido a la inscripción y depósito del instrumento de planeamiento de referencia en el Registro de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados dependiente de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, así como en el correspondiente Registro Municipal del Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra.

De conformidad con lo establecido por el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de:

- La Resolución de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 21 de mayo de 2010, por la que se aprueba definitivamente la Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de Cazalla de la Sierra (Sevilla), en parcela situada en C/ Peñón y Cruz (Anexo I).

- Las Normas Urbanísticas del referido instrumento de Planeamiento (Anexo II).

ANEXO I

«Visto el proyecto de Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de Cazalla de la Sierra (Sevilla), en parcela situada en C/ Peñón y Cruz, así como el expediente instruido por el Ayuntamiento de esa localidad.

Vista la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y demás legislación urbanística aplicable.

H E C H O S

Primero. La presente Modificación tiene por objeto clasificar como suelo urbano consolidado para uso residencial, una parcela con una superficie de 1.744,91 m2, actualmente clasificada como suelo no urbanizable, y que está situada al Este del núcleo en la confluencia de las calles Peñón y Cruz y con la transversal a dicha calle, denominada Camino de las Bolas.

Segundo. El expediente ha sido sometido a la tramitación que se especifica en el artículo 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Tercero. La Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente ha emitido informe, con fecha 18 de septiembre de 2006, en el que se especifica que a la presente Modificación no le es de aplicación el punto 20 del Anexo I de la Ley 7/94, de Protección Ambiental, y sus reglamentos, debido a que viene a corregir una situación preexistente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El presente proyecto urbanístico ha sido tramitado en su integridad tras la entrada en vigor de la Ley 7/02, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por lo que tanto la tramitación para su aprobación, como sus determinaciones deben ajustarse a lo que la referida Ley establezca.

Segundo. La Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla es el órgano competente para adoptar la resolución definitiva que proceda respecto a este asunto, por establecerlo así el artículo 13.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

Tercero. A la vista de que la tramitación seguida por el Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra para la resolución definitiva de este proyecto, se ha ajustado a lo establecido por el artículo 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y a la vista de que el expediente remitido por el Ayuntamiento está formalmente completo, procede que la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla adopte decisión sobre este asunto.

Cuarto. El presente proyecto urbanístico se adecua a las exigencias establecidas en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por lo que procede su aprobación.

De conformidad con la propuesta formulada por el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en virtud de lo establecido por el art. 11.1 del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, la Sección de Urbanismo de esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la mayoría especificada por el art. 26.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

ha RESUELTO

1.º Aprobar definitivamente el proyecto de Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de Cazalla de la Sierra (Sevilla), en parcela situada en C/ Peñón y Cruz, aprobado provisionalmente por el Pleno municipal con fecha 15 de enero de 2007, de conformidad con lo especificado por el art. 33.2.a) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

2.º Proceder a su depósito e inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos.

3.º Publicar la presente resolución, junto con el contenido de las normas urbanísticas de este planeamiento, en el BOJA, de acuerdo con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados con las advertencias legales que procedan.»

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

ANEXO II

NORMAS URBANÍSTICAS

Por tratarse de una extensión del núcleo urbano consolidado, se hace necesario que los parámetros urbanísticos de aplicación sigan el criterio general definido por las Normas Subsidiarias Municipales vigentes por lo que se ajustarán a las determinaciones establecidas en el citado planeamiento general y en las Ordenanzas Municipales para el suelo urbano.

De conformidad con las determinaciones establecidas en las Normas Subsidiarias Municipales de Planeamiento vigentes se establecen las siguientes determinaciones urbanísticas:

Uso Global: Residencial.

Altura máxima: 7 metros.

Volumen: 0,8 m2/m2.

Ocupación de parcela: 70%.

Sevilla, 7 de enero de 2010.- La Delegada, Rosario Ayala Valiente.

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