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Visto el expediente administrativo número HO33/2JUN/10 a instancia de doña Isabel Velasco Núñez, en nombre y representación de la Entidad Iserjo, S.L., con domicilio en C/ Mackay Macdonald, 4, de Huelva, que solicita la homologación del curso de formación de personal aplicador de técnicas de tatuaje y de perforación cutánea (piercing), resultan los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 2.6.2010, se presentó en esta Secretaría General de Salud Pública y Participación solicitud formulada por doña Isabel Velasco Núñez, en nombre y representación de la entidad Iserjo, S.L., de homologación del curso de formación de personal aplicador de técnicas de tatuaje y perforación cutánea (piercing), para impartir en el Centro de la C/ Mackay Macdonal, 4, en Huelva.
Segundo. Con fecha 11.6.2010, de conformidad con el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a realizar la comunicación de inicio de expediente.
Tercero. Asimismo, se le requiere para que aporte con fecha 24.6.2010, la documentación necesaria, de conformidad a lo estipulado en los artículos 11, 12 y 13 del Decreto 286/2002, de 26 de noviembre, por el que se regulan las actividades relativas a la aplicación de técnicas de tatuaje y perforación cutáneas (piercing), para la citada homologación.
Cuarto. Con posterioridad tiene entrada en esta Consejería documentación aportada por la entidad solicitante.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero. Esta Secretaría General de Salud Pública y Participación es competente para la resolución del presente procedimiento administrativo, en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 11.2 del Decreto 286/2002, de 26 de noviembre, por el que se regulan las actividades relativas a la aplicación de técnicas de tatuaje y perforación cutánea (piercing).
Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 11.1 del Decreto 286/2002, las entidades organizadoras de los cursos de formación de personal aplicador de técnicas de tatuaje y perforación cutánea (piercing) solicitarán, con anterioridad a su desarrollo, la homologación de los mismos a la Secretaría General de Salud Pública y Participación de la Consejería de Salud.
Vistos los preceptos citados y demás de general aplicación, esta Secretaría General de Salud Pública y Participación,
RESUELVE
Denegar a la entidad Iserjo, S.L., con domicilio en C/ Mackay Macdonald, 4, de Huelva, la homologación del curso de formación de personal aplicador de técnicas de tatuaje y de perforación cutánea (piercing), al no cumplir lo estipulado en los artículos 11, 12 y 13 del Decreto 286/2002, de 26 de noviembre.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Ilustrísimo Sr. Viceconsejero de Salud, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la notificación de esta Resolución.
Sevilla, 26 de julio de 2010.- La Secretaria General, P.S., la Secretaria General Técnica (Orden de 30 de junio de 2010), M.ª José Gualda Romero.
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