Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 169 de 30/08/2010

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Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Notificación de 12 de agosto de 2010, de la Delegación Provincial de Sevilla, de Resolución de 27 de mayo de 2010, de ratificación del desamparo provisional y acuerdo de inicio de oficio del acogimiento familiar preadoptivo.

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Nombre y apellidos: M.ª de los Ángeles Esteban Carrera.

Contenido del acto: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta la imposibilidad de contactar con el interesado, no pudiendo, por tanto, haberle sido practicada notificación por otros medios, se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes a los menores afectados. Para conocimiento del contenido íntegro del acuerdo dictado podrán los interesados comparecer en la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social en Sevilla, sita en C/ Federico García Lorca, 3.

La Comisión Provincial de Medidas de Protección de Sevilla acordó con fecha 27 de mayo de 2010, respecto al menor M.A.R.E., con núm. expediente 352/2006/41/0272:

Ratificar la declaración de desamparo del menor de referencia y mantener, por tanto, en su condición de Entidad Pública de protección de menores, la tutela de dicho menor y su guarda, que será ejercida bajo la forma jurídica de acogimiento residencial. Iniciar de oficio el acogimiento familiar preadoptivo de dicho menor.

Lo que se notifica a los efectos legales oportunos, haciéndole saber que de conformidad con lo dispuesto con el artículo 40 del Decreto 282/2002, de 12 de noviembre, de Acogimiento Familiar y Adopción, dispone de un plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación de este acuerdo de iniciación de oficio de acogimiento familiar preadoptivo para aportar cuantas alegaciones y documentos estime convenientes y, en su caso, proponer pruebas concretando los medios de que pretendan valerse.

Contra la presente Resolución cabe formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Sevilla en el plazo de tres meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificada por la disposición final segunda de la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional.

Sevilla, 12 de agosto de 2010.- El Delegado, P.A. (Dto. 21/1985, de 5.2), el Secretario General, Esteban Mellado Parreño.

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