Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 173 de 03/09/2010

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Consejería de Empleo

Resolución de 25 de agosto de 2010, de la Delegación Provincial de Málaga, por la que se anuncia la publicación del acto de requerimiento de subsanación de solicitudes al amparo de la Orden que se cita

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Por Orden de la Consejería de Empleo, de 26 de mayo de 2010, se convoca la concesión de subvenciones para programas e infraestructuras destinados al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes, dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro, Universidades Públicas y Entidades Locales para el año 2010 (BOJA núm. 114, de 11 de junio de 2010).

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 9.5 de la Orden de 28 de mayo de 2009, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para programas e infraestructuras destinados al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes, dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro, Universidades Públicas y Entidades Locales, en relación con lo dispuesto en los artículos 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 30 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía,

RESUELVO

Anunciar la publicación en el tablón de anuncios de la página web de la Consejería de Empleo del contenido íntegro del acto de requerimiento de subsanación de las solicitudes incompletas presentadas al amparo de la citada orden de convocatoria para el año 2010.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.2 de la Orden de la Consejería de Empleo, de 28 de mayo de 2009, en relación con el artículo 71.1 déla Ley 30/1992, de 26 de noviembre, la subsanación de la falta y/o los documentos a aportar deberán realizarse en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que, si así no lo hicieran, se les tendrán por desistidos de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42.1 de la citada Ley 30/1992.

Málaga, 25 de agosto de 2010.- El Delegado, P.S. (Dto. 170/09 de 19.5), el Secretario General, Enrique Ruiz-Chena Martínez.

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